Diccionario panhispánico del español jurídico

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El derecho del trabajo y el legislador de la crisis económica. Técnica legislativa y política del derecho social

por Monereo Pérez, José Luis

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2014
Ver otros artículos del mismo número: 38

La crisis económica siempre ha presidido la intrahistoria del Derecho del Trabajo, porque este es un Derecho de la distribución que incide, además, en la producción (derecho de la producción y su organización). Tras las sucesivas reformas laborales se ha configurado un Derecho “disperso” del Trabajo, donde han proliferado las leyes de emergencia, las leyes “ómnibus”, etcétera, pero también las prácticas de desregulación legislativa selectiva incidiendo en la re-mercantilización de los derechos sociales fundamentales. En el Estado constitucional, esta evolución plantea problemas de técnica jurídica y de política del Derecho Social. La pérdida de unidad y coherencia en el plano de la política del Derecho (sobre todo desde el prisma de la justicia social) y su fragmentación técnica, con la consecuencia de la pérdida de calidad –en sentido tanto formal como material o de contenido- de las leyes sociales y de la seguridad jurídica. Emerge un tipo de intervencionismo público fuerte que se impone en espacios propios de la autonomía colectiva y una suerte de pretendido “derecho estatal no contradictorio” y más unilateral en sus fines (orientado preferentemente hacia la satisfacción de intereses empresariales, bajo el reclamo de las fórmulas mágicas, y en gran medida elusivas, de tutela de la productividad, el rendimiento y la competitividad; en suma, la protección preferente del principio de rendimiento empresarial). Por el contrario, en el constitucionalismo del Estado Social, el Derecho del Trabajo ha sido por definición un Derecho contradictorio, de compromiso y pacto político social (formando parte central de Pacto político que está en el origen del Estado Social de Derecho), al tratar de conciliar los principios de rendimiento económico y de tutela de las clases trabajadoras.

I. Crisis económica y reforma laboral: La crisis del Derecho Social del Trabajo.
II. Presupuestos constitucionales y existenciales del Derecho del Trabajo en el constitucionalismo democrático-social.
III. El sentido político jurídico de las medidas adoptadas en el proceso de reforma laboral.
IV. Sistema normativo laboral: la dialéctica Heteronomía y Autonomía.
V. La técnica del legislador de la crisis y su sentido jurídico. Técnica legislativa y política del Derecho.
VI. El modelo de Derecho del Trabajo resultante del proceso de reformas: Caracterización técnica y político-jurídica.

Tabla de Contenidos

I. Crisis económica y reforma laboral: La crisis del Derecho Social del Trabajo.
II. Presupuestos constitucionales y existenciales del Derecho del Trabajo en el constitucionalismo democrático-social.
III. El sentido político jurídico de las medidas adoptadas en el proceso de reforma laboral.
IV. Sistema normativo laboral: la dialéctica Heteronomía y Autonomía.
V. La técnica del legislador de la crisis y su sentido jurídico. Técnica legislativa y política del Derecho.
VI. El modelo de Derecho del Trabajo resultante del proceso de reformas: Caracterización técnica y político-jurídica.


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La crisis económica siempre ha presidido la intrahistoria del Derecho del Trabajo, porque este es un Derecho de la distribución que incide, además, en la producción (derecho de la producción y su organización). Tras las sucesivas reformas laborales se ha configurado un Derecho “disperso” del Trabajo, donde han proliferado las leyes de emergencia, las leyes “ómnibus”, etcétera, pero también las prácticas de desregulación legislativa selectiva incidiendo en la re-mercantilización de los derechos sociales fundamentales. En el Estado constitucional, esta evolución plantea problemas de técnica jurídica y de política del Derecho Social. La pérdida de unidad y coherencia en el plano de la política del Derecho (sobre todo desde el prisma de la justicia social) y su fragmentación técnica, con la consecuencia de la pérdida de calidad –en sentido tanto formal como material o de contenido- de las leyes sociales y de la seguridad jurídica. Emerge un tipo de intervencionismo público fuerte que se impone en espacios propios de la autonomía colectiva y una suerte de pretendido “derecho estatal no contradictorio” y más unilateral en sus fines (orientado preferentemente hacia la satisfacción de intereses empresariales, bajo el reclamo de las fórmulas mágicas, y en gran medida elusivas, de tutela de la productividad, el rendimiento y la competitividad; en suma, la protección preferente del principio de rendimiento empresarial). Por el contrario, en el constitucionalismo del Estado Social, el Derecho del Trabajo ha sido por definición un Derecho contradictorio, de compromiso y pacto político social (formando parte central de Pacto político que está en el origen del Estado Social de Derecho), al tratar de conciliar los principios de rendimiento económico y de tutela de las clases trabajadoras.

I. Crisis económica y reforma laboral: La crisis del Derecho Social del Trabajo.
II. Presupuestos constitucionales y existenciales del Derecho del Trabajo en el constitucionalismo democrático-social.
III. El sentido político jurídico de las medidas adoptadas en el proceso de reforma laboral.
IV. Sistema normativo laboral: la dialéctica Heteronomía y Autonomía.
V. La técnica del legislador de la crisis y su sentido jurídico. Técnica legislativa y política del Derecho.
VI. El modelo de Derecho del Trabajo resultante del proceso de reformas: Caracterización técnica y político-jurídica.

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I. Crisis económica y reforma laboral: La crisis del Derecho Social del Trabajo.
II. Presupuestos constitucionales y existenciales del Derecho del Trabajo en el constitucionalismo democrático-social.
III. El sentido político jurídico de las medidas adoptadas en el proceso de reforma laboral.
IV. Sistema normativo laboral: la dialéctica Heteronomía y Autonomía.
V. La técnica del legislador de la crisis y su sentido jurídico. Técnica legislativa y política del Derecho.
VI. El modelo de Derecho del Trabajo resultante del proceso de reformas: Caracterización técnica y político-jurídica.


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