Diccionario panhispánico del español jurídico

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La reforma concertada de las pensiones. El Acuerdo Social y Económico de 2011 y su desarrollo legislativo

por Monereo Pérez, José Luis

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2011
Ver otros artículos del mismo número: 25

En una valoración general de la reforma en curso, se puede decir que necesariamente es ambivalente, tiene luces y sombras. De esta nueva fase en el desarrollo del Pacto de Toledo hay que valorar tanto lo que dice (y prevé) expresamente, como lo que no dice (y no ha previsto) explícitamente. El hecho de que la reforma sea negociada constituye un valor en sí para caminar hacia una reforma ordenada y socialmente aceptada; que se incentive la prolongación voluntaria de la vida laboral es positivo; también lo es que se mantenga el régimen financiero de reparto y que no se haya optado por una reducción de las cotizaciones sociales. Pero en su contra está el haber introducido con carácter quizás prematuro –y no suficientemente meditado- la elevación de la edad de jubilación a los 67 años y el no haber adoptado medidas más severas y restrictivas respecto a la expulsión prematura de trabajadores mayores por un amplio repertorio de vías todavía plenamente disponibles (Prejubilaciones, bajas incentivadas, jubilaciones anticipadas a los 61 años, jubilaciones forzosas por razón de la edad pactadas en convenio colectivo, etcétera), que producen una verdadera sangría de pérdidas de empleo de los trabajadores mayores, difícilmente justificables tanto desde el punto de vista estrictamente laboral como desde la perspectiva de la viabilidad del sistema de pensiones y de las políticas de fomento de la permanencia en activo y prolongación de la vida laboral de las personas mayores. En todo caso, se trata de una reforma de envergadura y de largo alcance.

In a general valuation of the reform in process, it is possible to say that necessarily it is ambivalent, has lights and shadows. In this new phase for the development of the Pact of Toledo it is necessary to value so much what it says (and it foresees) expressly, as what it doesn’t say (and it has not foreseen) explicitly. The fact that the reform is negotiated constitutes a value in itself to move towards an orderly and socially accepted reform; which encourages the voluntary prolongation of the labor life is positive; also it is that the financial system of distribution is save and that it has not been chosen by a reduction in social contributions. But against this fact is the introduction, probably with a premature character -and not sufficiently pondered- the elevation of the retirement age at 67 years instead adopting severer and restrictive measures regarding the premature expulsion of senior workers using a wide repertoire of measures still fully available (early retirement, stimulated falls, pension anticipated at the age of 61, unavoidable retirements agreed in collective bargaining, etc.), producing drain of job losses among senior workers, difficultly justifiable from the strictly labor point of view and from the perspective of the viability of the pension system and the policies of promotion to remain active and the prolongation of the worker life of senior people. Anyway, this is an important reform with a long-term scope.

Tabla de Contenidos

I. Aspectos generales del modelo de reforma pactada del sistema de pensiones en curso.
II. Las medidas “innovadoras” en la reforma del sistema de pensiones.
III. La reforma instrumental del modelo de Jubilación: modalidades “jubilatorias”, política de edades y políticas de empleo.
IV. La anticipación de la edad de retiro/jubilación como medida de “ajuste” de personal.
V. La continuidad de la política de fomento de los sistemas de pensiones privados.
VI. El modelo de pensiones resultante del proceso de reforma en curso: una aproximación crítica.
VII. Bibliografía.


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En una valoración general de la reforma en curso, se puede decir que necesariamente es ambivalente, tiene luces y sombras. De esta nueva fase en el desarrollo del Pacto de Toledo hay que valorar tanto lo que dice (y prevé) expresamente, como lo que no dice (y no ha previsto) explícitamente. El hecho de que la reforma sea negociada constituye un valor en sí para caminar hacia una reforma ordenada y socialmente aceptada; que se incentive la prolongación voluntaria de la vida laboral es positivo; también lo es que se mantenga el régimen financiero de reparto y que no se haya optado por una reducción de las cotizaciones sociales. Pero en su contra está el haber introducido con carácter quizás prematuro –y no suficientemente meditado- la elevación de la edad de jubilación a los 67 años y el no haber adoptado medidas más severas y restrictivas respecto a la expulsión prematura de trabajadores mayores por un amplio repertorio de vías todavía plenamente disponibles (Prejubilaciones, bajas incentivadas, jubilaciones anticipadas a los 61 años, jubilaciones forzosas por razón de la edad pactadas en convenio colectivo, etcétera), que producen una verdadera sangría de pérdidas de empleo de los trabajadores mayores, difícilmente justificables tanto desde el punto de vista estrictamente laboral como desde la perspectiva de la viabilidad del sistema de pensiones y de las políticas de fomento de la permanencia en activo y prolongación de la vida laboral de las personas mayores. En todo caso, se trata de una reforma de envergadura y de largo alcance.

In a general valuation of the reform in process, it is possible to say that necessarily it is ambivalent, has lights and shadows. In this new phase for the development of the Pact of Toledo it is necessary to value so much what it says (and it foresees) expressly, as what it doesn’t say (and it has not foreseen) explicitly. The fact that the reform is negotiated constitutes a value in itself to move towards an orderly and socially accepted reform; which encourages the voluntary prolongation of the labor life is positive; also it is that the financial system of distribution is save and that it has not been chosen by a reduction in social contributions. But against this fact is the introduction, probably with a premature character -and not sufficiently pondered- the elevation of the retirement age at 67 years instead adopting severer and restrictive measures regarding the premature expulsion of senior workers using a wide repertoire of measures still fully available (early retirement, stimulated falls, pension anticipated at the age of 61, unavoidable retirements agreed in collective bargaining, etc.), producing drain of job losses among senior workers, difficultly justifiable from the strictly labor point of view and from the perspective of the viability of the pension system and the policies of promotion to remain active and the prolongation of the worker life of senior people. Anyway, this is an important reform with a long-term scope.

Tabla de Contenidos

I. Aspectos generales del modelo de reforma pactada del sistema de pensiones en curso.
II. Las medidas “innovadoras” en la reforma del sistema de pensiones.
III. La reforma instrumental del modelo de Jubilación: modalidades “jubilatorias”, política de edades y políticas de empleo.
IV. La anticipación de la edad de retiro/jubilación como medida de “ajuste” de personal.
V. La continuidad de la política de fomento de los sistemas de pensiones privados.
VI. El modelo de pensiones resultante del proceso de reforma en curso: una aproximación crítica.
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