Diccionario panhispánico del español jurídico

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Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de febrero de 2009 (rec. 768/2008, de lo Social, Sección 1ª). Profesores de Religión Católica. La no renovación de la propuesta por la autoridad eclesiástica debe basarse en razones de índole religiosa o moral

Artículo
ISSN: 1696-9669
Madrid Iustel 2009
Ver otros artículos del mismo número: 20

Vistos los autos pendientes ante la Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la representación del GOBIERNO DE CANARIAS, y confirmamos la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Canarias, de fecha 11 de diciembre de 2007 [recurso de Suplicación nº 1947/2002], que a su vez había revocado la resolución que en 17/07/2002 pronunciara el Juzgado de lo Social núm. 2 de los de Las Palmas de Gran Canaria [autos 243/2002], en reclamación por despido formulada por DOÑA Crescencia frente a la COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS y OBISPADO DE CANARIAS, siendo parte el Ministerio Fiscal [...]


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Vistos los autos pendientes ante la Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la representación del GOBIERNO DE CANARIAS, y confirmamos la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Canarias, de fecha 11 de diciembre de 2007 [recurso de Suplicación nº 1947/2002], que a su vez había revocado la resolución que en 17/07/2002 pronunciara el Juzgado de lo Social núm. 2 de los de Las Palmas de Gran Canaria [autos 243/2002], en reclamación por despido formulada por DOÑA Crescencia frente a la COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS y OBISPADO DE CANARIAS, siendo parte el Ministerio Fiscal [...]


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