Diccionario panhispánico del español jurídico

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La situation juridique des edifices pour le culte: perspectives espagnole et française

por Garay, Alain

Artículo
ISSN: 1696-9669
Otros Autores: Leal Adorna, Mar
Madrid Iustel 2008
Ver otros artículos del mismo número: 17

Las situaciones jurídicas española y francesa en relación con los edificios de culto presentan analogías, a pesar de las diferencias existentes en la estructura constitucional y en la historia política de estos dos países. Los actuales desarrollos en materia de implantación de nuevos edificios de culto ofrecen, a ambos lados de los Pirineos, similitudes en razón de la fuerte demanda de construcción o preparación de locales para el culto, sobre todo por parte de musulmanes y evangélicos. A todas luces, estas nuevas exigencias plantean cuestiones en términos de integración cultual, de organización del territorio y de gestión del espacio, que frecuentemente agitan el ánimo de quienes tienen poder de decisión en el ámbito público y se enfrentan a problemas inéditos derivados del pluralismo religioso. Técnicamente, la situación jurídica de los edificios de culto en España y en Francia no proviene de una legislación específica suficientemente flexible en cuanto a los ajustes jurídicos y urbanísticos que es posible poner en práctica. Garantizada por el principio de libertad religiosa en España y de libertad de cultos en Francia, la situación jurídica de los edificios de culto refleja adaptaciones y particularidades que hoy, en el marco compartido en los dos países de la “democracia regional o local”, conceden un lugar importante a las decisiones “sobre el terreno” de los poderes religiosos y públicos.

Les situations juridiques espagnole et française concernant les édifices du culte présentent des analogies en dépit des différences constitutionnelles et de l'histoire politique de ces deux pays. Les développements actuels concernant l'implantation de nouveaux édifices du culte offrent des deux côtés des Pyrénées des similitudes en raison de la forte demande de construction ou d'aménagement de locaux pour les cultes musulmans et évangéliques notamment. De toute évidence, ces exigences nouvelles posent des questions en terme d'intégration cultuelle, d'aménagement du territoire et de gestion de l'espace qui, souvent, agitent l'esprit des décideurs publics confrontés à d'inédites interrogations telles que la prise en compte du pluralisme religieux. Techniquement, la situation juridique des édifices du culte en Espagne et en France ne relève pas d'une législation spécifique offrant de la sorte une souplesse quant aux montages juridiques et urbanistiques qu'il est donc possible de mettre en oeuvre. De la sorte, garanti par le principe de liberté religieuse en Espagne et de liberté des cultes en France, la situation juridique des édifices des cultes reflète des adaptations et des particularités qui aujourd'hui, dans le cadre partagé dans les deux pays de la “démocratie régionale ou locale”, accorde une place importante aux décisions sur le terrain des pouvoirs religieux et publics.

Tabla de Contenidos

I. APROXIMACIÓN A LOS LUGARES TEMÁTICOS DE CULTO Y RELACIÓN CON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
1. La jurisprudencia europea sobre lugares de culto
II. LA SITUACIÓN LEGAL ESPAÑOLA DE LOS EDIFICIOS PARA EL CULTO
1. Normativa española existente problemática y aplicable
2. La jurisprudencia española sobre lugares de culto
3. Breve referencia al proyecto de ley de cultos de Cataluña, posible solución de los problemas planteados
4. Observaciones finales
III. LA SITUACIÓN LEGAL FRANCESA DE EDIFICIOS PRIVADOS PARA LA ADORACIÓN
1. Problemática
2. La libertad de construir o construir edificios privados para el culto
3. Una peculiaridad: edificios privados para el culto yuxtapuestos o anidados en centros culturales
IV. CONCLUSIÓN


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Las situaciones jurídicas española y francesa en relación con los edificios de culto presentan analogías, a pesar de las diferencias existentes en la estructura constitucional y en la historia política de estos dos países. Los actuales desarrollos en materia de implantación de nuevos edificios de culto ofrecen, a ambos lados de los Pirineos, similitudes en razón de la fuerte demanda de construcción o preparación de locales para el culto, sobre todo por parte de musulmanes y evangélicos. A todas luces, estas nuevas exigencias plantean cuestiones en términos de integración cultual, de organización del territorio y de gestión del espacio, que frecuentemente agitan el ánimo de quienes tienen poder de decisión en el ámbito público y se enfrentan a problemas inéditos derivados del pluralismo religioso. Técnicamente, la situación jurídica de los edificios de culto en España y en Francia no proviene de una legislación específica suficientemente flexible en cuanto a los ajustes jurídicos y urbanísticos que es posible poner en práctica. Garantizada por el principio de libertad religiosa en España y de libertad de cultos en Francia, la situación jurídica de los edificios de culto refleja adaptaciones y particularidades que hoy, en el marco compartido en los dos países de la “democracia regional o local”, conceden un lugar importante a las decisiones “sobre el terreno” de los poderes religiosos y públicos.

Les situations juridiques espagnole et française concernant les édifices du culte présentent des analogies en dépit des différences constitutionnelles et de l'histoire politique de ces deux pays. Les développements actuels concernant l'implantation de nouveaux édifices du culte offrent des deux côtés des Pyrénées des similitudes en raison de la forte demande de construction ou d'aménagement de locaux pour les cultes musulmans et évangéliques notamment. De toute évidence, ces exigences nouvelles posent des questions en terme d'intégration cultuelle, d'aménagement du territoire et de gestion de l'espace qui, souvent, agitent l'esprit des décideurs publics confrontés à d'inédites interrogations telles que la prise en compte du pluralisme religieux. Techniquement, la situation juridique des édifices du culte en Espagne et en France ne relève pas d'une législation spécifique offrant de la sorte une souplesse quant aux montages juridiques et urbanistiques qu'il est donc possible de mettre en oeuvre. De la sorte, garanti par le principe de liberté religieuse en Espagne et de liberté des cultes en France, la situation juridique des édifices des cultes reflète des adaptations et des particularités qui aujourd'hui, dans le cadre partagé dans les deux pays de la “démocratie régionale ou locale”, accorde une place importante aux décisions sur le terrain des pouvoirs religieux et publics.

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I. APROXIMACIÓN A LOS LUGARES TEMÁTICOS DE CULTO Y RELACIÓN CON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
1. La jurisprudencia europea sobre lugares de culto
II. LA SITUACIÓN LEGAL ESPAÑOLA DE LOS EDIFICIOS PARA EL CULTO
1. Normativa española existente problemática y aplicable
2. La jurisprudencia española sobre lugares de culto
3. Breve referencia al proyecto de ley de cultos de Cataluña, posible solución de los problemas planteados
4. Observaciones finales
III. LA SITUACIÓN LEGAL FRANCESA DE EDIFICIOS PRIVADOS PARA LA ADORACIÓN
1. Problemática
2. La libertad de construir o construir edificios privados para el culto
3. Una peculiaridad: edificios privados para el culto yuxtapuestos o anidados en centros culturales
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