Diccionario panhispánico del español jurídico

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Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja de 8 de julio de 2008 (rec. 156/2008, Sala de lo Contenciosos-Administrativo, Sección 1ª). Objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía

Artículo
ISSN: 1696-9669
Madrid Iustel 2008
Ver otros artículos del mismo número: 18

Vistos los autos correspondientes al recurso sustanciado ante esta Sala bajo el n° 156/2008, a instancia de don Jose Antonio y doña Claudia, representados por la Procuradora de los Tribunales doña M. Luisa Bujanda, siendo demandada la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja, representada y defendida por el Abogado de sus Servicios Jurídicos, habiendo sido partes el Ministerio Fiscal y el Abogado del Estado, el recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra resolución 1504, de 18.4.2008, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja denegatoria de la solicitud de reconocimiento del derecho a ejercer la objeción de conciencia al amparo de los artículos 16 y 27 de la Constitución Española, respecto de los contenidos del conjunto de asignaturas reguladas en los Reales Decretos 1513/2006, 1631/2006 y 1467/2007 y englobadas bajo la denominación "educación para la ciudadanía", que habría de cursar su hijo, Alfredo, y para quien se solicitó la exención de cursarlas [...]


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Vistos los autos correspondientes al recurso sustanciado ante esta Sala bajo el n° 156/2008, a instancia de don Jose Antonio y doña Claudia, representados por la Procuradora de los Tribunales doña M. Luisa Bujanda, siendo demandada la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja, representada y defendida por el Abogado de sus Servicios Jurídicos, habiendo sido partes el Ministerio Fiscal y el Abogado del Estado, el recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra resolución 1504, de 18.4.2008, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja denegatoria de la solicitud de reconocimiento del derecho a ejercer la objeción de conciencia al amparo de los artículos 16 y 27 de la Constitución Española, respecto de los contenidos del conjunto de asignaturas reguladas en los Reales Decretos 1513/2006, 1631/2006 y 1467/2007 y englobadas bajo la denominación "educación para la ciudadanía", que habría de cursar su hijo, Alfredo, y para quien se solicitó la exención de cursarlas [...]


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