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El futuro de los acuerdos entre el Estado español y las confesiones religiosas: los Acuerdos de 1992
En el marco del futuro de los acuerdos entre el Estado español y las Confesiones religiosas, mi trabajo va a centrarse en los Acuerdos de 1992 suscritos entre el Gobierno español y la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, Federación de Comunidades Israelitas de España y Comisión Islámica de España. No voy a insistir en la importancia de la firma de los Acuerdos de 1992, aunque al menos sí comentaré, como luego explicaré, su repercusión y significado para el Derecho Eclesiástico español [...]
I. Marco general
II. Su trascendencia y significado para el derecho eclesiástico español
III. La falta de información existente sobre estos acuerdos
IV. Su posibilidad de desarrollo
V. La regulación del matrimonio
VI. Una cuestión candente
VII. Anotaciones registrales
VIII. Su escasa aplicabilidad práctica
IX. Una reflexión final acerca de la libertad e igualdad y de la cooperación
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En el marco del futuro de los acuerdos entre el Estado español y las Confesiones religiosas, mi trabajo va a centrarse en los Acuerdos de 1992 suscritos entre el Gobierno español y la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, Federación de Comunidades Israelitas de España y Comisión Islámica de España. No voy a insistir en la importancia de la firma de los Acuerdos de 1992, aunque al menos sí comentaré, como luego explicaré, su repercusión y significado para el Derecho Eclesiástico español [...]
I. Marco general
II. Su trascendencia y significado para el derecho eclesiástico español
III. La falta de información existente sobre estos acuerdos
IV. Su posibilidad de desarrollo
V. La regulación del matrimonio
VI. Una cuestión candente
VII. Anotaciones registrales
VIII. Su escasa aplicabilidad práctica
IX. Una reflexión final acerca de la libertad e igualdad y de la cooperación