Diccionario panhispánico del español jurídico

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Derecho penal y siniestralidad laboral. Concurso de infracciones

por Mata y Martín, Ricardo

Artículo
ISSN: 1698-1189
Madrid Iustel 2008
Ver otros artículos del mismo número: 10

En el conjunto de delitos contra los derechos de los trabajadores la siniestralidad laboral se vincula a los supuestos de los arts. 316 y 317 tipificados en el Código penal. En ellos se castiga la producción dolosa o imprudente de un riesgo grave para la vida, la salud o integridad de los trabajadores por quienes, infringiendo las normas de prevención de riesgos laborales, no faciliten los medios necesarios para que desempeñen su actividad con las medidas de seguridad adecuadas. Como los delitos antes indicados no exigen la producción de una lesión efectiva de los bienes mencionados (vida, salud o integridad), sino tan sólo el riesgo, se plantea el problema del tratamiento jurídico penal de aquellos casos en los que además del riesgo se produce una lesión efectiva de tales intereses. Es decir, con la lesión de los citados bienes jurídicos entran en posible aplicación un conjunto de delitos: junto a los de los arts. 316-7 por el riesgo creado, los de homicidio o lesiones por la lesión efectiva de los bienes jurídicos concernidos. En el trabajo se quiere mostrar las distintas soluciones al problema jurídico planteado, el del posible concurso de infracciones penales (y también administrativas) en materia de siniestralidad laboral pero también los presupuestos necesarios para tomar una decisión al respecto, como son las relaciones entre los tipos penales afectados, los bienes jurídicos puestos en juego y su relación con la técnica legislativa de los delitos de peligro.

Figuring among the set of offences that infringe employee rights, occupational accidents are linked to the assumptions contained in arts. 316 and 317, defined in the Spanish Penal Code. They punish imprudent or wilful acts that pose a serious risk to the life, the health or the integrity of employees by whosoever, in contravention of occupational health and safety regulations, should fail to put in place the appropriate safety measures for employees to carry out their work. As the above-mentioned offences require no actual infringement of the aforementioned rights (to life, to health or to physical integrity), but merely the risk of such, the question is raised of the juridical-criminal treatment of those cases in which, in addition to the risk, an actual infringement of such interests does indeed take place. In other words, a set of offences may be applicable due to the infringement of the aforementioned rights: alongside arts. 316-7, applicable to created risk, are those relating to homicide or damages for the actual loss of the legal rights concerned. The intention of this work is to show the different solutions to the legal question put forward, in cases involving the possible concurrence of criminal (and of administrative) infringements, in matters concerning accidents in the workplace. It also considers the assumptions that must be made in order to reach a decision on these matters, such as the links between related criminal offences, the judicial rights at stake and their relation to the legislative detail of offences causing danger.


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En el conjunto de delitos contra los derechos de los trabajadores la siniestralidad laboral se vincula a los supuestos de los arts. 316 y 317 tipificados en el Código penal. En ellos se castiga la producción dolosa o imprudente de un riesgo grave para la vida, la salud o integridad de los trabajadores por quienes, infringiendo las normas de prevención de riesgos laborales, no faciliten los medios necesarios para que desempeñen su actividad con las medidas de seguridad adecuadas. Como los delitos antes indicados no exigen la producción de una lesión efectiva de los bienes mencionados (vida, salud o integridad), sino tan sólo el riesgo, se plantea el problema del tratamiento jurídico penal de aquellos casos en los que además del riesgo se produce una lesión efectiva de tales intereses. Es decir, con la lesión de los citados bienes jurídicos entran en posible aplicación un conjunto de delitos: junto a los de los arts. 316-7 por el riesgo creado, los de homicidio o lesiones por la lesión efectiva de los bienes jurídicos concernidos. En el trabajo se quiere mostrar las distintas soluciones al problema jurídico planteado, el del posible concurso de infracciones penales (y también administrativas) en materia de siniestralidad laboral pero también los presupuestos necesarios para tomar una decisión al respecto, como son las relaciones entre los tipos penales afectados, los bienes jurídicos puestos en juego y su relación con la técnica legislativa de los delitos de peligro.

Figuring among the set of offences that infringe employee rights, occupational accidents are linked to the assumptions contained in arts. 316 and 317, defined in the Spanish Penal Code. They punish imprudent or wilful acts that pose a serious risk to the life, the health or the integrity of employees by whosoever, in contravention of occupational health and safety regulations, should fail to put in place the appropriate safety measures for employees to carry out their work. As the above-mentioned offences require no actual infringement of the aforementioned rights (to life, to health or to physical integrity), but merely the risk of such, the question is raised of the juridical-criminal treatment of those cases in which, in addition to the risk, an actual infringement of such interests does indeed take place. In other words, a set of offences may be applicable due to the infringement of the aforementioned rights: alongside arts. 316-7, applicable to created risk, are those relating to homicide or damages for the actual loss of the legal rights concerned. The intention of this work is to show the different solutions to the legal question put forward, in cases involving the possible concurrence of criminal (and of administrative) infringements, in matters concerning accidents in the workplace. It also considers the assumptions that must be made in order to reach a decision on these matters, such as the links between related criminal offences, the judicial rights at stake and their relation to the legislative detail of offences causing danger.


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