Diccionario panhispánico del español jurídico

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El delito de deserción del art. 120 del código penal militar

por López Lorca, Beatriz

Artículo
ISSN: 1698-1189
Madrid Iustel 2014
Ver otros artículos del mismo número: 22

El delito de deserción militar está regulado en el art. 120 del CPM. La conducta típica consiste en ausentarse de la unidad, destino o lugar de residencia con un ánimo subjetivo especial, el de sustraerse permanentemente al cumplimiento de las obligaciones militares. La pena prevista para este artículo es de dos años y cuatro meses a seis años de prisión, penalidad que, en tiempo de guerra, aumenta a una pena de prisión de seis a quince años [..]


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El delito de deserción militar está regulado en el art. 120 del CPM. La conducta típica consiste en ausentarse de la unidad, destino o lugar de residencia con un ánimo subjetivo especial, el de sustraerse permanentemente al cumplimiento de las obligaciones militares. La pena prevista para este artículo es de dos años y cuatro meses a seis años de prisión, penalidad que, en tiempo de guerra, aumenta a una pena de prisión de seis a quince años [..]


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