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La denuncia falsa de explosivos del art. 59 del CPM como atentado contra los medios o recursos de la defensa nacional
El art. 59 del CPM de 1985 regula un tipo mixto alternativo construido sobre dos conductas bien diferenciadas. Por un lado, la denuncia falsa de explosivos u otros similares y, por otro, el entorpecimiento intencional de cualquier tipo de misión “de los Ejércitos”. Se trata de un delito especial en tiempos de paz pero en tiempo de guerra el círculo de sujetos activos se amplía y puede ser cometido por cualquier sujeto. Se establece una diferenciación dependiendo del tiempo de comisión del delito. Si la conducta se realiza en tiempos de paz, la pena será de dos a ocho años mientras que en tiempos de guerra la pena aumenta de cinco a diez años [...]
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El art. 59 del CPM de 1985 regula un tipo mixto alternativo construido sobre dos conductas bien diferenciadas. Por un lado, la denuncia falsa de explosivos u otros similares y, por otro, el entorpecimiento intencional de cualquier tipo de misión “de los Ejércitos”. Se trata de un delito especial en tiempos de paz pero en tiempo de guerra el círculo de sujetos activos se amplía y puede ser cometido por cualquier sujeto. Se establece una diferenciación dependiendo del tiempo de comisión del delito. Si la conducta se realiza en tiempos de paz, la pena será de dos a ocho años mientras que en tiempos de guerra la pena aumenta de cinco a diez años [...]