Diccionario panhispánico del español jurídico

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Tratamiento de la psicopatía en la jurisprudencia penal española. El camino hacia un nuevo enfoque de la imputabilidad penal

por Requejo Conde, Carmen

Artículo
ISSN: 1698-1189
Madrid Iustel 2017
Ver otros artículos del mismo número: 27

El objetivo de este estudio es el análisis del tratamiento de la psicopatía en el Derecho penal español. Se realiza un recorrido por la jurisprudencia penal española durante el último siglo y lo que llevamos del presente, del régimen jurídico aplicado a este trastorno de la personalidad, oscilante a lo largo de los años entre una atenuante analógica a un trastorno mental, una eximente incompleta de responsabilidad criminal, en ocasiones aisladas el de una eximente completa, cuando iba unida a otra dolencia o trastorno mental grave, o, en muchos otros casos, sin incidencia apenas en el intelecto ni en la voluntad del agente, o incluso un acto perverso que debería merecer el mayor de todos los reproches culpabilísticos. Además, se ofrece un marco teórico de los delitos cometidos por el psicópata, tradicionalmente el psicópata esquizoide, narcisista o paranoico, autor de delitos de sangre o de crímenes contra la vida o integridad de las personas. Pero este proceder sin escrúpulos, desalmado y despiadado, que forma parte de trastornos tangenciales al del psicópata, como son el trastorno antisocial o disocial de personalidad, es dominio hoy del psicópata integrado, subclínico, que se ha ido filtrando en todas las capas sociales, cometiendo crueles estafas, graves actos de corruptela en el poder, o maltrato y depredación emocional. Ello ha llevado a iniciar un nuevo planteamiento del Derecho penal, hacia un Derecho penal denominado ya de la peligrosidad, que podría, indican algunos autores, llegar a hacer tambalear los propios sustratos y cimientos de la imputabilidad en los próximos tiempos.


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El objetivo de este estudio es el análisis del tratamiento de la psicopatía en el Derecho penal español. Se realiza un recorrido por la jurisprudencia penal española durante el último siglo y lo que llevamos del presente, del régimen jurídico aplicado a este trastorno de la personalidad, oscilante a lo largo de los años entre una atenuante analógica a un trastorno mental, una eximente incompleta de responsabilidad criminal, en ocasiones aisladas el de una eximente completa, cuando iba unida a otra dolencia o trastorno mental grave, o, en muchos otros casos, sin incidencia apenas en el intelecto ni en la voluntad del agente, o incluso un acto perverso que debería merecer el mayor de todos los reproches culpabilísticos. Además, se ofrece un marco teórico de los delitos cometidos por el psicópata, tradicionalmente el psicópata esquizoide, narcisista o paranoico, autor de delitos de sangre o de crímenes contra la vida o integridad de las personas. Pero este proceder sin escrúpulos, desalmado y despiadado, que forma parte de trastornos tangenciales al del psicópata, como son el trastorno antisocial o disocial de personalidad, es dominio hoy del psicópata integrado, subclínico, que se ha ido filtrando en todas las capas sociales, cometiendo crueles estafas, graves actos de corruptela en el poder, o maltrato y depredación emocional. Ello ha llevado a iniciar un nuevo planteamiento del Derecho penal, hacia un Derecho penal denominado ya de la peligrosidad, que podría, indican algunos autores, llegar a hacer tambalear los propios sustratos y cimientos de la imputabilidad en los próximos tiempos.


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