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Jurisprudencia constitucional en materia de derechos fundamentales (de noviembre a abril de 2017)
La STC 2/2017, de 16 de febrero, otorga el amparo a una recurrente que se encontraba de baja por embarazo de riesgo y maternidad cuando la empresa para la que trabajaba contrató a otra persona para prestar el mismo servicio con una jornada laboral mayor en otro destino y que, al reincorporarse, no se le permitió ejercer el derecho preferente reconocido en el convenio colectivo a ocupar aquel destino con las nuevas condiciones. En un principio, el Juzgado de lo Social estimó su pretensión, pero la sentencia fue revocada en suplicación. La sentencia comentada afirma, en aplicación de la doctrina contenida en la STC 66/2014, de 5 de mayo, que la actuación empresarial ocasionó una discriminación directa por razón de sexo, resultando la trabajadora perjudicada por su condición de mujer tras la baja por embarazo y maternidad, al habérsele impedido el ejercicio de un derecho preferente reconocido en el convenio colectivo, colocándola así en una clara desventaja como mujer trabajadora respecto del resto de sus compañeros [...]
I. Derecho a no ser discriminado (ART. 14 CE)
II. Derecho a la libertad personal (ART. 17 CE)
III. Derecho a la libertad de expresión (ART. 20 CE)
IV. Derecho a la participación política (ART. 23 CE)
V. Derecho a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías (ART. 24 CE)
VI. Principio de legalidad penal y sancionadora (ART. 25 CE)
VII. Derecho a la libertad sindical y a la huelga (ART. 28 CE)
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La STC 2/2017, de 16 de febrero, otorga el amparo a una recurrente que se encontraba de baja por embarazo de riesgo y maternidad cuando la empresa para la que trabajaba contrató a otra persona para prestar el mismo servicio con una jornada laboral mayor en otro destino y que, al reincorporarse, no se le permitió ejercer el derecho preferente reconocido en el convenio colectivo a ocupar aquel destino con las nuevas condiciones. En un principio, el Juzgado de lo Social estimó su pretensión, pero la sentencia fue revocada en suplicación. La sentencia comentada afirma, en aplicación de la doctrina contenida en la STC 66/2014, de 5 de mayo, que la actuación empresarial ocasionó una discriminación directa por razón de sexo, resultando la trabajadora perjudicada por su condición de mujer tras la baja por embarazo y maternidad, al habérsele impedido el ejercicio de un derecho preferente reconocido en el convenio colectivo, colocándola así en una clara desventaja como mujer trabajadora respecto del resto de sus compañeros [...]
I. Derecho a no ser discriminado (ART. 14 CE)
II. Derecho a la libertad personal (ART. 17 CE)
III. Derecho a la libertad de expresión (ART. 20 CE)
IV. Derecho a la participación política (ART. 23 CE)
V. Derecho a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías (ART. 24 CE)
VI. Principio de legalidad penal y sancionadora (ART. 25 CE)
VII. Derecho a la libertad sindical y a la huelga (ART. 28 CE)