Diccionario panhispánico del español jurídico

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La presunción de armonía entre las resoluciones del Consejo de Seguridad y el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la responsabilidad conjunta de organizaciones y estados: nuevas interpretaciones en la sentencia Al-Jedda contra el Reino Unido del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 7 de julio de 2011

por Abrisketa Uriarte, Joana

Artículo
ISSN: 1696-9634
Madrid Iustel 2012
Ver otros artículos del mismo número: 26

Este artículo analiza la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre el caso Al-Jedda contra el Reino Unido de 7 de julio de 2011. En la sentencia, el Tribunal de Estrasburgo sugiere que en el marco de las misiones de paz es posible la doble atribución de los actos ilícitos, tanto a uno o a varios Estados como a una organización internacional. A través de la revisión judicial de las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU, se ahonda en la diferencia entre la “autorización” y la “delegación” en el despliegue de una fuerza multinacional y en sus efectos en el régimen de la responsabilidad internacional. Unido a esto, se plantea de nuevo la tensión entre la Carta de Naciones Unidas, por un lado, y el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), por otro. En el intento de superar el conflicto entre ambos cuerpos de normas, el TEDH construye un nuevo principio que podríamos llamar “el principio de presunción de armonía”. La sentencia tiene enormes implicaciones para los Estados miembros del CEDH que envían sus tropas al exterior en el marco de las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU.

This article analyses the judgment of the European Court of Human Rights in the case Al-Jedda against UK (7th July 2011). In the judgment, the Strasbourg Court suggests, as it has never done before, that in the framework of peace missions it is possible the multiple attribution of illicit acts. Thus, one or more States together with an International Organization might be held responsible at the same time. Through direct or indirect judicial review, the Court deepens the difference between the “authorization” and the “delegation” derived from a Security Council resolution. In the studied case, such distinction has legal consequences in terms of responsibility. In addition, the tension between the United Nations Charter and the European Convention on Human Rights (ECHR) emerges again. In an attempt to overcome the conflict between those two kinds of norms, the European Court of Human Rights builds a new principle based on the presumption of harmony between human rights standards and Security Council Resolutions. The judgment will have an enormous impact on the State Members of the ECHR that send their troops abroad in the framework of United Nations Security Council Resolutions.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. LOS ANTECEDENTES DE HECHO
III. EL PROCESO ANTE LA CÁMARA DE LOS LORES
1. Las diferencias entre la autorización y la delegación del Consejo de Seguridad
2. El derecho a no ser detenido de manera arbitraria del CEDH y el efecto “modificador” de las resoluciones del Consejo de Seguridad
IV. EL DERECHO APLICABLE SEGÚN EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
1. Las referencias al caso Kadi en la sentencia Al-Jedda
2. Las referencias al Proyecto de artículos sobre la responsabilidad internacional de las organizaciones internacionales en la sentencia Al-Jedda
V. LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
1. La jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
2. La violación del artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos
VI. CONCLUSIONES


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Este artículo analiza la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre el caso Al-Jedda contra el Reino Unido de 7 de julio de 2011. En la sentencia, el Tribunal de Estrasburgo sugiere que en el marco de las misiones de paz es posible la doble atribución de los actos ilícitos, tanto a uno o a varios Estados como a una organización internacional. A través de la revisión judicial de las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU, se ahonda en la diferencia entre la “autorización” y la “delegación” en el despliegue de una fuerza multinacional y en sus efectos en el régimen de la responsabilidad internacional. Unido a esto, se plantea de nuevo la tensión entre la Carta de Naciones Unidas, por un lado, y el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), por otro. En el intento de superar el conflicto entre ambos cuerpos de normas, el TEDH construye un nuevo principio que podríamos llamar “el principio de presunción de armonía”. La sentencia tiene enormes implicaciones para los Estados miembros del CEDH que envían sus tropas al exterior en el marco de las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU.

This article analyses the judgment of the European Court of Human Rights in the case Al-Jedda against UK (7th July 2011). In the judgment, the Strasbourg Court suggests, as it has never done before, that in the framework of peace missions it is possible the multiple attribution of illicit acts. Thus, one or more States together with an International Organization might be held responsible at the same time. Through direct or indirect judicial review, the Court deepens the difference between the “authorization” and the “delegation” derived from a Security Council resolution. In the studied case, such distinction has legal consequences in terms of responsibility. In addition, the tension between the United Nations Charter and the European Convention on Human Rights (ECHR) emerges again. In an attempt to overcome the conflict between those two kinds of norms, the European Court of Human Rights builds a new principle based on the presumption of harmony between human rights standards and Security Council Resolutions. The judgment will have an enormous impact on the State Members of the ECHR that send their troops abroad in the framework of United Nations Security Council Resolutions.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. LOS ANTECEDENTES DE HECHO
III. EL PROCESO ANTE LA CÁMARA DE LOS LORES
1. Las diferencias entre la autorización y la delegación del Consejo de Seguridad
2. El derecho a no ser detenido de manera arbitraria del CEDH y el efecto “modificador” de las resoluciones del Consejo de Seguridad
IV. EL DERECHO APLICABLE SEGÚN EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
1. Las referencias al caso Kadi en la sentencia Al-Jedda
2. Las referencias al Proyecto de artículos sobre la responsabilidad internacional de las organizaciones internacionales en la sentencia Al-Jedda
V. LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
1. La jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
2. La violación del artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos
VI. CONCLUSIONES


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