Diccionario panhispánico del español jurídico

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Presencia militar y jurisdicción extraterritorial: la dilución del concepto de “control efectivo sobre el territorio” en los casos de Nagorno-Karabakh ante el TEDH

por Nagore Casas, María

Artículo
ISSN: 1696-9634
Madrid Iustel 2017
Ver otros artículos del mismo número: 43

La aplicación extraterritorial del CEDH está ocupando un lugar destacado en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ante la creciente tendencia de los Estados parte a actuar fuera de sus fronteras. Recientemente, el Tribunal ha abordado el examen de demandas relativas al conflicto en la región azerbaiyana de Nagorno-Karabakh. La principal de estas sentencias, Chiragov y otros c. Armenia, reviste especial interés debido a la interpretación del concepto de “control efectivo sobre el territorio” que desarrolla el Tribunal para determinar la jurisdicción de Armenia sobre la región. El criterio de la “presencia militar” como principal indicativo del control sobre el territorio ha quedado desplazado frente a factores más débiles e imprecisos como la “cooperación militar, económica y política” con la administración local subordinada. Es previsible que esta sentencia tenga gran repercusión, no solo respecto de los más de mil casos pendientes de resolver por el Tribunal sobre el conflicto en esta región, sino también respecto del resto de su jurisprudencia sobre jurisdicción extraterritorial.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN: JURISDICCIÓN DEL ESTADO Y APLICACIÓN EXTRATERRITORIAL DEL CEDH
II. LA EVOLUCION DEL CONCEPTO DE JURISDICCIÓN EXTRATERRITORIAL EN LA JURISPRUDENCIA DEL TEDH
1. El “control efectivo general” del territorio en los casos del norte de Chipre
2. Jurisdicción y “ejercicio de poderes públicos en el extranjero” en Bankovic y otros c. Bélgica y otros
3. La sistematización de los “modelos” de jurisdicción extraterritorial en Al-Skeini y otros c. Reino Unido
III. LOS PRINCIPIOS DE LA JURISDICCIÓN EXTRATERRITORIAL
IV. EL CONTROL EFECTIVO SOBRE EL TERRITORIO EN LA JURISDICCIÓN EXTRATERRITORIAL
1. La “presencia militar” como factor determinante del control efectivo sobre el territorio
2. La “influencia decisiva” sobre la administración local subordinada en los casos de Transnistria
3. La dilución de la “presencia militar” en los casos de Nagorno-Karabakh
V. CONCLUSIONES


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La aplicación extraterritorial del CEDH está ocupando un lugar destacado en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ante la creciente tendencia de los Estados parte a actuar fuera de sus fronteras. Recientemente, el Tribunal ha abordado el examen de demandas relativas al conflicto en la región azerbaiyana de Nagorno-Karabakh. La principal de estas sentencias, Chiragov y otros c. Armenia, reviste especial interés debido a la interpretación del concepto de “control efectivo sobre el territorio” que desarrolla el Tribunal para determinar la jurisdicción de Armenia sobre la región. El criterio de la “presencia militar” como principal indicativo del control sobre el territorio ha quedado desplazado frente a factores más débiles e imprecisos como la “cooperación militar, económica y política” con la administración local subordinada. Es previsible que esta sentencia tenga gran repercusión, no solo respecto de los más de mil casos pendientes de resolver por el Tribunal sobre el conflicto en esta región, sino también respecto del resto de su jurisprudencia sobre jurisdicción extraterritorial.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN: JURISDICCIÓN DEL ESTADO Y APLICACIÓN EXTRATERRITORIAL DEL CEDH
II. LA EVOLUCION DEL CONCEPTO DE JURISDICCIÓN EXTRATERRITORIAL EN LA JURISPRUDENCIA DEL TEDH
1. El “control efectivo general” del territorio en los casos del norte de Chipre
2. Jurisdicción y “ejercicio de poderes públicos en el extranjero” en Bankovic y otros c. Bélgica y otros
3. La sistematización de los “modelos” de jurisdicción extraterritorial en Al-Skeini y otros c. Reino Unido
III. LOS PRINCIPIOS DE LA JURISDICCIÓN EXTRATERRITORIAL
IV. EL CONTROL EFECTIVO SOBRE EL TERRITORIO EN LA JURISDICCIÓN EXTRATERRITORIAL
1. La “presencia militar” como factor determinante del control efectivo sobre el territorio
2. La “influencia decisiva” sobre la administración local subordinada en los casos de Transnistria
3. La dilución de la “presencia militar” en los casos de Nagorno-Karabakh
V. CONCLUSIONES


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