Diccionario panhispánico del español jurídico

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Derecho público y Derecho privado, disyuntiva determinante para el Estado de Derecho

por Martínez López-Muñiz, José Luis

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2011
Ver otros artículos del mismo número: 26

Sobre la base de la muy distinta naturaleza de particulares y Poderes públicos, se analiza la distinción entre Derecho privado y público como auténtica suma divisio jurídica, requerida por el Estado de Derecho. La igual dignidad esencial a todo ser humano es el fundamento de todo el Derecho en su profunda unidad, pero, mientras el privado determina, sobre la base de su libertad e igualdad, las relaciones entre las personas físicas y con las jurídicas libremente creadas por ellas, el público tiene por objeto específico la organización y actuación de los Poderes públicos bajo exigencias de sujeción y servicio que impregnan todo su status y sus relaciones con los particulares, más allá de cuanto implican también sus necesarias potestades.

Founded on the very different nature of private persons and public authorities, the distinction between the private and public law is analysed as the true summa divisio of the law, required by the rule of law of the constitutional State. All the law system in its deep unity relays on the essential equal dignity of every human being, but, while private law rules the relationship between individuals, legally free and equal, and corporations freely created by them, public law specifically deals with the organisation and action of public authorities under exigencies of subjection and service which shape all their status and their relations with the private persons, even beyond their necessary public powers.

Tabla de Contenidos

1. Introducción
2. Objeto y fundamento del Derecho público en su distinción respecto del privado
3. La auténtica suprema distinción del Estado de Derecho


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Sobre la base de la muy distinta naturaleza de particulares y Poderes públicos, se analiza la distinción entre Derecho privado y público como auténtica suma divisio jurídica, requerida por el Estado de Derecho. La igual dignidad esencial a todo ser humano es el fundamento de todo el Derecho en su profunda unidad, pero, mientras el privado determina, sobre la base de su libertad e igualdad, las relaciones entre las personas físicas y con las jurídicas libremente creadas por ellas, el público tiene por objeto específico la organización y actuación de los Poderes públicos bajo exigencias de sujeción y servicio que impregnan todo su status y sus relaciones con los particulares, más allá de cuanto implican también sus necesarias potestades.

Founded on the very different nature of private persons and public authorities, the distinction between the private and public law is analysed as the true summa divisio of the law, required by the rule of law of the constitutional State. All the law system in its deep unity relays on the essential equal dignity of every human being, but, while private law rules the relationship between individuals, legally free and equal, and corporations freely created by them, public law specifically deals with the organisation and action of public authorities under exigencies of subjection and service which shape all their status and their relations with the private persons, even beyond their necessary public powers.

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