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Urbanismo
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana dictó, con fecha 19 de mayo de 2004, sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 1051 de 2002, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente estimaba el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Armando, representado por la Procuradora Doña Elena Gil Bayo y defendido por Letrado, contra la Resolución de la Cª de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Generalidad Valenciana de 18-6-02 por la que se desestima la alzada entablada frente a otra de La Comisión Territorial de Urbanismo de Castellón de 25-9-01 por la que se aprueba definitivamente el PGOU de Vinaroz. 2.-Anularlas por contrarias a derecho en los términos expuestos en los FD 3° y 4°
3. No hacer expresa imposición de costas.» [...]
I. Tribunal Supremo. Sala de Lo Contencioso administrativo. Sentencia De 24 De Septiembre De 2013.Referencia CENDOJ: 28079130052013100287. Recurso De Casación Núm.: 3703/2012
II. Tribunal Supremo. Sala De Lo Contencioso administrativo. Sentencia De 05 De Febrero De 2014.Referencia CENDOJ: 28079130062014100069.Recurso De Casación Núm.: 1537/2011ponente Excmo. Sr. Juan Carlos Trillo Alonso
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La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana dictó, con fecha 19 de mayo de 2004, sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 1051 de 2002, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente estimaba el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Armando, representado por la Procuradora Doña Elena Gil Bayo y defendido por Letrado, contra la Resolución de la Cª de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Generalidad Valenciana de 18-6-02 por la que se desestima la alzada entablada frente a otra de La Comisión Territorial de Urbanismo de Castellón de 25-9-01 por la que se aprueba definitivamente el PGOU de Vinaroz. 2.-Anularlas por contrarias a derecho en los términos expuestos en los FD 3° y 4°
3. No hacer expresa imposición de costas.» [...]
I. Tribunal Supremo. Sala de Lo Contencioso administrativo. Sentencia De 24 De Septiembre De 2013.Referencia CENDOJ: 28079130052013100287. Recurso De Casación Núm.: 3703/2012
II. Tribunal Supremo. Sala De Lo Contencioso administrativo. Sentencia De 05 De Febrero De 2014.Referencia CENDOJ: 28079130062014100069.Recurso De Casación Núm.: 1537/2011ponente Excmo. Sr. Juan Carlos Trillo Alonso