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Expropiación forzosa
El asunto tiene origen en la expropiación de un terreno clasificado como suelo urbanizable para la ejecución del proyecto denominado “Duplicación de la calzada de la carretera M-111 de la Variante de Fuente del Saz de Jarama”. Disconforme con el justiprecio fijado por acuerdo del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa de la Comunidad de Madrid, acudió la expropiada -recurrente en casación- a la vía jurisdiccional, pretendiendo sustancialmente que el terreno expropiado fuese valorado como suelo urbanizable, por entender aplicable la doctrina jurisprudencial sobre expropiaciones de suelo no urbanizable para la ejecución de sistemas generales que contribuyen a crear ciudad [...]
I.- Valoración de suelo destinado a un vial de comunicación como no urbanizable por no integrarse en la malla urbana
II. Al no haberse consumado la expropiación por la ocupación efectiva de los terrenos inicialmente afectados, es válida la posibilidad de desistir de una expropiación ya comenzada sin que esta revocación haya de ser sometida al procedimiento de revisión de oficio
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El asunto tiene origen en la expropiación de un terreno clasificado como suelo urbanizable para la ejecución del proyecto denominado “Duplicación de la calzada de la carretera M-111 de la Variante de Fuente del Saz de Jarama”. Disconforme con el justiprecio fijado por acuerdo del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa de la Comunidad de Madrid, acudió la expropiada -recurrente en casación- a la vía jurisdiccional, pretendiendo sustancialmente que el terreno expropiado fuese valorado como suelo urbanizable, por entender aplicable la doctrina jurisprudencial sobre expropiaciones de suelo no urbanizable para la ejecución de sistemas generales que contribuyen a crear ciudad [...]
I.- Valoración de suelo destinado a un vial de comunicación como no urbanizable por no integrarse en la malla urbana
II. Al no haberse consumado la expropiación por la ocupación efectiva de los terrenos inicialmente afectados, es válida la posibilidad de desistir de una expropiación ya comenzada sin que esta revocación haya de ser sometida al procedimiento de revisión de oficio