Diccionario panhispánico del español jurídico

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Reconocimiento mutuo de las resoluciones dictadas a raíz de juicios celebrados sin comparecencia del imputado: garantías y límites

por Sanz Hermida, Ágata María

Artículo
ISSN: 1696-9642
Madrid Iustel 2009
Ver otros artículos del mismo número: 18

Recientemente, se ha aprobado la Decisión Marco 2009/299/JAI del consejo, de 26 de febrero de 2009, destinada a reforzar los derechos procesales de las personas y a propiciar la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones dictadas a raíz de juicios celebrados sin comparecencia del imputado. De la propia denominación de esta Decisión Marco se deducen los objetivos de la misma, cuales son, reforzar los derechos procesales de las personas imputadas en un proceso penal, facilitar la cooperación judicial en materia penal y en particular, mejorar el reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales entre Estados miembros (art. 1.1 de la Decisión Marco). De ahí que esta Decisión Marco afecte y modifique las Decisiones Marco 2002/584/JAI, 2005/214/JAI, 2006/783/JAI, 2008/909/JAI y 2008/947/JAI, decisiones todas ellas que aplican el principio de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales firmes, pero que no abordan de manera consecuente el problema de las resoluciones dictadas a raíz de juicios celebrados sin comparecencia del imputado [...]

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. JUICIO PENAL EN AUSENCIA DEL IMPUTADO, GARANTÍA DEL DERECHO DE DEFENSA Y RECONOCIMIENTO MUTUO DE DECISIONES JUDICIALES
III. EL RECONOCIMIENTO Y/O EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DICTADAS EN REBELDÍA
1. Supuestos de reconocimiento
2. La denegación de reconocimiento y/o ejecución de sentencias dictadas en rebeldía
IV. EJECUCIÓN DE LA DECISIÓN MARCO


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Recientemente, se ha aprobado la Decisión Marco 2009/299/JAI del consejo, de 26 de febrero de 2009, destinada a reforzar los derechos procesales de las personas y a propiciar la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones dictadas a raíz de juicios celebrados sin comparecencia del imputado. De la propia denominación de esta Decisión Marco se deducen los objetivos de la misma, cuales son, reforzar los derechos procesales de las personas imputadas en un proceso penal, facilitar la cooperación judicial en materia penal y en particular, mejorar el reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales entre Estados miembros (art. 1.1 de la Decisión Marco). De ahí que esta Decisión Marco afecte y modifique las Decisiones Marco 2002/584/JAI, 2005/214/JAI, 2006/783/JAI, 2008/909/JAI y 2008/947/JAI, decisiones todas ellas que aplican el principio de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales firmes, pero que no abordan de manera consecuente el problema de las resoluciones dictadas a raíz de juicios celebrados sin comparecencia del imputado [...]

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I. INTRODUCCIÓN
II. JUICIO PENAL EN AUSENCIA DEL IMPUTADO, GARANTÍA DEL DERECHO DE DEFENSA Y RECONOCIMIENTO MUTUO DE DECISIONES JUDICIALES
III. EL RECONOCIMIENTO Y/O EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DICTADAS EN REBELDÍA
1. Supuestos de reconocimiento
2. La denegación de reconocimiento y/o ejecución de sentencias dictadas en rebeldía
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