Diccionario panhispánico del español jurídico

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STS Sala de lo Penal, de 23 de julio de 2018, Núm. de Recurso: 10036/2018; Núm. de Resolución: 377/2018

por Tribunal Supremo (Sala de lo Penal, Sección 2ª)

Artículo
ISSN: 1696-9642
Madrid Iustel 2018
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Delitos continuados de abusos sexuales cometidos por internet y contra la intimidad del art. 197 CP con varias mujeres víctimas, mediante el acceso a los ordenadores de las mismas por la infección con un virus que le permite acceder a sus contenidos y la amenaza de divulgar fotos comprometedoras de las víctimas si se negaban a tener relaciones de contenido sexual, virtuales, con el condenado. Hallazgo de datos de otras víctimas de hechos semejantes a los denunciados por la primera víctima tras el registro consentido en el ordenador del autor de los hechos y citación a las víctimas. El recurrente cuestiona de forma reiterada que exista prueba suficiente en cuanto a los hechos de apoderamiento subrepticiamente de archivos personales privados y como consecuencia derivada de este delito contra la intimidad, de dos delitos continuados de abuso sexual determinados en dos periodos de tiempo. Pues bien, hay que precisar que el procedimiento se inicia por denuncia de Herminia , y una vez presentada y admitida, señala el Tribunal que el análisis del contenido del ordenador no permitió localizar archivos con imágenes de la denunciante Herminia , pero cierto también que permitió el hallazgo de imágenes análogas o compatibles con hechos distintos peros análogos a los denunciados. Los funcionarios de Policía Judicial tras localizar tales archivos no efectuaron indagaciones adicionales, por lo que su hallazgo entraría en el marco de lo identificable como un hallazgo casual derivado de un análisis lícito y judicialmente autorizado del contenido del ordenador del acusado. La resolución analiza cómo el hecho de que el investigado haga desaparecer pruebas, en el caso de existir otros indicios que cumplan con los requisitos que se vienen exigiendo para este tipo de prueba, permite la condena del mismo [...]


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Delitos continuados de abusos sexuales cometidos por internet y contra la intimidad del art. 197 CP con varias mujeres víctimas, mediante el acceso a los ordenadores de las mismas por la infección con un virus que le permite acceder a sus contenidos y la amenaza de divulgar fotos comprometedoras de las víctimas si se negaban a tener relaciones de contenido sexual, virtuales, con el condenado. Hallazgo de datos de otras víctimas de hechos semejantes a los denunciados por la primera víctima tras el registro consentido en el ordenador del autor de los hechos y citación a las víctimas. El recurrente cuestiona de forma reiterada que exista prueba suficiente en cuanto a los hechos de apoderamiento subrepticiamente de archivos personales privados y como consecuencia derivada de este delito contra la intimidad, de dos delitos continuados de abuso sexual determinados en dos periodos de tiempo. Pues bien, hay que precisar que el procedimiento se inicia por denuncia de Herminia , y una vez presentada y admitida, señala el Tribunal que el análisis del contenido del ordenador no permitió localizar archivos con imágenes de la denunciante Herminia , pero cierto también que permitió el hallazgo de imágenes análogas o compatibles con hechos distintos peros análogos a los denunciados. Los funcionarios de Policía Judicial tras localizar tales archivos no efectuaron indagaciones adicionales, por lo que su hallazgo entraría en el marco de lo identificable como un hallazgo casual derivado de un análisis lícito y judicialmente autorizado del contenido del ordenador del acusado. La resolución analiza cómo el hecho de que el investigado haga desaparecer pruebas, en el caso de existir otros indicios que cumplan con los requisitos que se vienen exigiendo para este tipo de prueba, permite la condena del mismo [...]


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