Diccionario panhispánico del español jurídico

Presentación: La coordinación de la parentalidad en el ojo del huracán

por Madrid Liras, Santiago

Artículo
ISSN: 2340-9754
Madrid Revista de Mediación 2019
Ver revista: Revista de Mediación
Ver otros artículos del mismo número: Volumen 12 – 2019, Nº. 1

La coordinación de parentalidad no es una sustituta de la mediación, simplemente viene a dar respuesta a aquellos casos en los que la mediación no es suficiente. La coordinación de la parentalidad parte de la necesaria intervención en casos severos de un/a profesional (o equipo) que, apoyado en mayor o menor medida por una resolución judicial, ha de actuar para frenar o al menos reducir la conflictividad entre los progenitores.


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La coordinación de parentalidad no es una sustituta de la mediación, simplemente viene a dar respuesta a aquellos casos en los que la mediación no es suficiente. La coordinación de la parentalidad parte de la necesaria intervención en casos severos de un/a profesional (o equipo) que, apoyado en mayor o menor medida por una resolución judicial, ha de actuar para frenar o al menos reducir la conflictividad entre los progenitores.


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