Diccionario panhispánico del español jurídico

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Derecho societario europeo: a vueltas con la sentencia del caso Polbud y la Directiva que viene

por Lucini Mateo, Álvaro

Artículo
ISSN: 1885-009X
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La reciente sentencia del TJUE en el caso Polbud, tercera de la serie -iniciada por Cartesio y seguida por Vale- sobre el traslado internacional del domicilio social, considera que el Estado de origen no puede exigir la liquidación de la sociedad ni la existencia de un vínculo económico real con el Estado de destino, pero sí mantener la competencia normativa según el criterio de conexión que su ley tenga establecido. Este enfoque, además de favorecer el forum shopping y la competencia legislativa a la baja en un entorno insuficientemente armonizado, podría propiciar la proliferación de situaciones patológicas de doble nacionalidad. El legislador europeo tiene en el proyecto de Directiva a punto de publicarse la oportunidad de clarificar el panorama, velando por la seguridad jurídica y la adecuada protección de los socios minoritarios, de los acreedores y del interés general.

The recent ruling by the ECJ in the Polbud case - the third in the series, beginning with Cartesio and followed by Vale - on international transfers of registered offices, states that the State of origin may not impose mandatory liquidation of the company, or the existence of a real economic link with the destination State, but can maintain regulatory competence according to the connecting factor stipulated by its legislation. This approach, in addition to encouraging forum shopping and legislative downward competition in an insufficiently harmonised environment, could lead to a proliferation of harmful dual nationality situations. In the draft directive about to be published, the European legislators have the opportunity to clarify the situation, ensuring legal security and adequate protection for minority shareholders, creditors and the general interest.


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La reciente sentencia del TJUE en el caso Polbud, tercera de la serie -iniciada por Cartesio y seguida por Vale- sobre el traslado internacional del domicilio social, considera que el Estado de origen no puede exigir la liquidación de la sociedad ni la existencia de un vínculo económico real con el Estado de destino, pero sí mantener la competencia normativa según el criterio de conexión que su ley tenga establecido. Este enfoque, además de favorecer el forum shopping y la competencia legislativa a la baja en un entorno insuficientemente armonizado, podría propiciar la proliferación de situaciones patológicas de doble nacionalidad. El legislador europeo tiene en el proyecto de Directiva a punto de publicarse la oportunidad de clarificar el panorama, velando por la seguridad jurídica y la adecuada protección de los socios minoritarios, de los acreedores y del interés general.

The recent ruling by the ECJ in the Polbud case - the third in the series, beginning with Cartesio and followed by Vale - on international transfers of registered offices, states that the State of origin may not impose mandatory liquidation of the company, or the existence of a real economic link with the destination State, but can maintain regulatory competence according to the connecting factor stipulated by its legislation. This approach, in addition to encouraging forum shopping and legislative downward competition in an insufficiently harmonised environment, could lead to a proliferation of harmful dual nationality situations. In the draft directive about to be published, the European legislators have the opportunity to clarify the situation, ensuring legal security and adequate protection for minority shareholders, creditors and the general interest.


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