Diccionario panhispánico del español jurídico

1 de 1 copias disponibles

La tutela del derecho a la no discriminación de los trabajadores de edad avanzada en el contexto español y de la Unión Europea

por Fita Ortega, Fernando

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2019
Ver otros artículos del mismo número: 52

La edad constituye un factor de discriminación respecto del que, en ocasiones, el afectado no es ni tan siquiera consciente, probablemente como consecuencia de “valores” asumidos socialmente, que hay que combatir. El hecho de que, en el caso español, la Constitución no mencione expresamente a la edad como causa de discriminación, y de que, en el ámbito de la Unión Europea, no fuese hasta el año 2000 cuando apareció la Directiva 2000/78/CE sobre igualdad de trato en el empleo y la ocupación, prohibiendo la discriminación por motivos, entre otros, de edad, pueden haber contribuido a generar esa percepción social.

La discriminación por razón de edad en el ámbito laboral se ha venido manifestando fundamentalmente en los momentos de inicio y fin del contrato de trabajo. En el primer caso, exigiendo una edad máxima para el acceso al empleo. En el segundo, estableciendo criterios o preferencias fundados en la edad para determinar la extinción del contrato de trabajo o, incluso, la salida del mercado laboral.

Ambos aspectos constituyen el objeto de este estudio que incidirá no solamente en la presentación y estudio de las conductas discriminatorias, sino también en los mecanismos su reparación.

Age is a factor of discrimination for which, on many occasions, the affected is not even aware, probably because of the existing values in the society. Spanish Constitution does not mention expressly the age as a cause of discrimination. In the context of the European Union only in the year 2000 appeared the first Directive (Directive 2000/78/EC) aiming at the achievement of equal treatment in employment and occupation, prohibiting discrimination on grounds, among others, of age. These circumstances may have contributed to create this social perception.

Discrimination on grounds of age occurs mainly –but not only- at the beginning and ending of the employment relationship. In the first case, requiring a maximum age for access to employment. In the second, establishing criteria or preferences based on age to determine the extinction of the employment contract or, even, the exit from the labour market. Both aspects will constitute the object of this study, analyzing the issue from the perspective of the Spanish and Community regulations, focusing not only on the study of discriminatory conducts, but also on its remedies.

Tabla de Contenidos

I. La recepción de la edad como causa de discriminación en el ordenamiento español y de la unión europea
II. El alcance de la prohibición de discriminación por motivos de edad
III. La protección dispensada por el ordenamiento jurídico frente a la prohibición de discriminación por motivos de edad
IV. Conclusiones


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 340 Kb.

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

La edad constituye un factor de discriminación respecto del que, en ocasiones, el afectado no es ni tan siquiera consciente, probablemente como consecuencia de “valores” asumidos socialmente, que hay que combatir. El hecho de que, en el caso español, la Constitución no mencione expresamente a la edad como causa de discriminación, y de que, en el ámbito de la Unión Europea, no fuese hasta el año 2000 cuando apareció la Directiva 2000/78/CE sobre igualdad de trato en el empleo y la ocupación, prohibiendo la discriminación por motivos, entre otros, de edad, pueden haber contribuido a generar esa percepción social.

La discriminación por razón de edad en el ámbito laboral se ha venido manifestando fundamentalmente en los momentos de inicio y fin del contrato de trabajo. En el primer caso, exigiendo una edad máxima para el acceso al empleo. En el segundo, estableciendo criterios o preferencias fundados en la edad para determinar la extinción del contrato de trabajo o, incluso, la salida del mercado laboral.

Ambos aspectos constituyen el objeto de este estudio que incidirá no solamente en la presentación y estudio de las conductas discriminatorias, sino también en los mecanismos su reparación.

Age is a factor of discrimination for which, on many occasions, the affected is not even aware, probably because of the existing values in the society. Spanish Constitution does not mention expressly the age as a cause of discrimination. In the context of the European Union only in the year 2000 appeared the first Directive (Directive 2000/78/EC) aiming at the achievement of equal treatment in employment and occupation, prohibiting discrimination on grounds, among others, of age. These circumstances may have contributed to create this social perception.

Discrimination on grounds of age occurs mainly –but not only- at the beginning and ending of the employment relationship. In the first case, requiring a maximum age for access to employment. In the second, establishing criteria or preferences based on age to determine the extinction of the employment contract or, even, the exit from the labour market. Both aspects will constitute the object of this study, analyzing the issue from the perspective of the Spanish and Community regulations, focusing not only on the study of discriminatory conducts, but also on its remedies.

Tabla de Contenidos

I. La recepción de la edad como causa de discriminación en el ordenamiento español y de la unión europea
II. El alcance de la prohibición de discriminación por motivos de edad
III. La protección dispensada por el ordenamiento jurídico frente a la prohibición de discriminación por motivos de edad
IV. Conclusiones


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 340 Kb.
  • Lectura offline protegida
  • Lectura online

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior