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Libertad religiosa y neutralidad del estado en el Código Civil y Comercial argentino
El presente trabajo analiza la presencia del factor religioso en el nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina, vigente desde 2015. Esa presencia a veces es explícita y otras implícita; mientras que en otros casos (sea por contraste con la legislación anterior, sea por la desatención de ciertas exigencias que provienen de tratados internacionales de derechos humanos) se advierte la ausencia de una oportuna atención a ese factor religioso. La conclusión general es una visión más neutral y más alejada de un modelo de confesionalidad, y un respeto acentuado a la libertad religiosa.
1. LAS PRESENCIAS EXPLÍCITAS DEL FACTOR RELIGIOSO
1.1 La dimensión colectiva de la religión
1.1.1. Personas jurídicas: iglesias, comunidades religiosas y asociaciones con finalidad religiosa
1.1.2. Bienes de las iglesias y comunidades religiosas
1.1.3. Las comunidades religiosas en el derecho sucesorio
1.2 La dimension individual de la religión
1.2.1 Nombre de las personas
1.2.2. Actos jurídicos. 1.2.3 Obligaciones
1.2.4. Ejercicio de la responsabilidad parental
1.2.5. Sepulturas
2. LAS PRESENCIAS IMPLICITAS DEL FACTOR RELIGIOSO
2.1. Moral y buenas costumbres, moral pública y religión
2.2. Exequias
2.3. Régimen de los cementerios y las sepulturas
2.4. El derecho personalísimo a la identidad
2.5. Responsabilidad de los padres en la formación espiritual de sus hijos
3. LAS AUSENCIAS NOTABLES DEL FACTOR RELIGIOSO
3.1 Matrimonio
3.2. Adopción
3.3. Planes de parentalidad
3.4. Régimen de bienes de las confesiones religiosas
3.5. Desaparición aparente de la ilicitud de los actos contrarios a la Libertad de conciencia
3.6. Irrelevancia jurídica de los lazos espirituales
3.7. La fallida inclusion de los pueblos indígenas en el CCC
4. CONCLUSIONES
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El presente trabajo analiza la presencia del factor religioso en el nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina, vigente desde 2015. Esa presencia a veces es explícita y otras implícita; mientras que en otros casos (sea por contraste con la legislación anterior, sea por la desatención de ciertas exigencias que provienen de tratados internacionales de derechos humanos) se advierte la ausencia de una oportuna atención a ese factor religioso. La conclusión general es una visión más neutral y más alejada de un modelo de confesionalidad, y un respeto acentuado a la libertad religiosa.
1. LAS PRESENCIAS EXPLÍCITAS DEL FACTOR RELIGIOSO
1.1 La dimensión colectiva de la religión
1.1.1. Personas jurídicas: iglesias, comunidades religiosas y asociaciones con finalidad religiosa
1.1.2. Bienes de las iglesias y comunidades religiosas
1.1.3. Las comunidades religiosas en el derecho sucesorio
1.2 La dimension individual de la religión
1.2.1 Nombre de las personas
1.2.2. Actos jurídicos. 1.2.3 Obligaciones
1.2.4. Ejercicio de la responsabilidad parental
1.2.5. Sepulturas
2. LAS PRESENCIAS IMPLICITAS DEL FACTOR RELIGIOSO
2.1. Moral y buenas costumbres, moral pública y religión
2.2. Exequias
2.3. Régimen de los cementerios y las sepulturas
2.4. El derecho personalísimo a la identidad
2.5. Responsabilidad de los padres en la formación espiritual de sus hijos
3. LAS AUSENCIAS NOTABLES DEL FACTOR RELIGIOSO
3.1 Matrimonio
3.2. Adopción
3.3. Planes de parentalidad
3.4. Régimen de bienes de las confesiones religiosas
3.5. Desaparición aparente de la ilicitud de los actos contrarios a la Libertad de conciencia
3.6. Irrelevancia jurídica de los lazos espirituales
3.7. La fallida inclusion de los pueblos indígenas en el CCC
4. CONCLUSIONES