Diccionario panhispánico del español jurídico

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El procedimiento de asociación para la innovación en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público: oportunidades e incertidumbres

por Rodríguez Beas, Marina

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2019
Ver otros artículos del mismo número: 52

La compra pública innovadora desempeña un papel clave en el marco de la estrategia europea “Horizonte 2020”, en las Directivas de “cuarta generación” y particularmente en la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, fijando la innovación como uno de los ejes para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Desde esta perspectiva, la compra pública innovadora se contempla como un instrumento de realización de políticas públicas sustantivas.
La entrada en vigor, el 9 de marzo de 2018, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) incorpora una serie de herramientas, tanto en los procedimientos como en los objetivos contractuales que fomentan la compra pública innovadora dentro del régimen jurídico español de contratos públicos. En este contexto una de las principales novedades es la creación de un procedimiento de adjudicación específico para el desarrollo de productos, servicios u obras innovadoras y la adquisición ulterior de los suministros y servicios u obras resultantes, llamado “asociación para la innovación”.
En este trabajo se aborda este procedimiento ex novo, analizando sus especificidades reguladas tanto en la Directiva 2014/24/UE como en los artículos 177 a 182 de la LCSP, dedicados a regular la asociación para la innovación, y destacando las oportunidades y las incertidumbres que genera este régimen.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN: LA VISIÓN ESTRATÉGICA E INNOVADORA DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
II. EL CONCEPTO DE COMPRA PÚBLICA INNOVADORA
III. LA DIRECTIVA 2014/24/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 26 DE FEBRERO DE 2014: LA CONTRATACIÓN PÚBLICA AL SERVICIO DE LAS POLÍTICAS DE I+D+I
3.1. La asociación para la innovación
3.1.1. Procedimiento de contratación específico para adquirir soluciones innovadoras
IV. LA COMPRA PÚBLICA INNOVADORA EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL
4.1. El contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado y el diálogo competitivo: precedentes legales
4.2. La asociación para la innovación en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público
V. CONCLUSIONES: OPORTUNIDADES E INCERTIDUMBRES
VI. BIBLIOGRAFÍA


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La compra pública innovadora desempeña un papel clave en el marco de la estrategia europea “Horizonte 2020”, en las Directivas de “cuarta generación” y particularmente en la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, fijando la innovación como uno de los ejes para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Desde esta perspectiva, la compra pública innovadora se contempla como un instrumento de realización de políticas públicas sustantivas.
La entrada en vigor, el 9 de marzo de 2018, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) incorpora una serie de herramientas, tanto en los procedimientos como en los objetivos contractuales que fomentan la compra pública innovadora dentro del régimen jurídico español de contratos públicos. En este contexto una de las principales novedades es la creación de un procedimiento de adjudicación específico para el desarrollo de productos, servicios u obras innovadoras y la adquisición ulterior de los suministros y servicios u obras resultantes, llamado “asociación para la innovación”.
En este trabajo se aborda este procedimiento ex novo, analizando sus especificidades reguladas tanto en la Directiva 2014/24/UE como en los artículos 177 a 182 de la LCSP, dedicados a regular la asociación para la innovación, y destacando las oportunidades y las incertidumbres que genera este régimen.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN: LA VISIÓN ESTRATÉGICA E INNOVADORA DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
II. EL CONCEPTO DE COMPRA PÚBLICA INNOVADORA
III. LA DIRECTIVA 2014/24/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 26 DE FEBRERO DE 2014: LA CONTRATACIÓN PÚBLICA AL SERVICIO DE LAS POLÍTICAS DE I+D+I
3.1. La asociación para la innovación
3.1.1. Procedimiento de contratación específico para adquirir soluciones innovadoras
IV. LA COMPRA PÚBLICA INNOVADORA EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL
4.1. El contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado y el diálogo competitivo: precedentes legales
4.2. La asociación para la innovación en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público
V. CONCLUSIONES: OPORTUNIDADES E INCERTIDUMBRES
VI. BIBLIOGRAFÍA


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