Diccionario panhispánico del español jurídico

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Mesa de Trabajo: El problema del reintegro de gastos sanitarios realizados en un estado miembro sin la autorización del estado de origen del paciente

por Pérez Gómez, José Mª

Artículo
ISSN: 1133-7400
Ver otros artículos del mismo número: Vol. 14. Extraordinario- 2006

La concurrencia del principio de libre prestación de servicios junto con la diversidad de modelos de gestión sanitaria de la Asistencia Sanitaria Pública europea ha configurado algunas resoluciones judiciales del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que permiten a los ciudadanos la posibilidad de obtener el reintegro de gastos sanitarios realizados en un Estado miembro distinto al de su lugar de residencia no solo por medio de los instrumentos establecidos en el Reglamento CE. 1408/71, sino también en algunos supuestos distintos.
Esta situación plantea, desde el punto de vista de la gestión sanitaria, cierta inquietud y, desde el punto de vista de los beneficiarios una suerte de mecanismo complementario de garantía respecto a la satisfacción de su derecho a la salud.
El problema, sobretodo a raíz de la sentencia dictada en el caso Inizan (C-56/2001), plantea la posibilidad de que si en un tiempo razonable a un beneficiario del sistema no se le asiste en su situación de necesidad, éste podría acudir a otro Estado miembro para poder obtener la asistencia necesaria y reclamar posteriormente el reintegro de gastos su Estado de origen.
En la presente ponencia vamos a abordar este problema repasando primero la normativa española sobre la materia para pasar a comentar después algunas de las sentencias del TJUE dictadas sobre esta materia.

Tabla de Contenidos

PRESENTACIÓN
MARCO JURÍDICO DEL DERECHO ESPAÑOL APLICABLE
MARCO JURÍDICO COMUNITARIO DE LA PRESTACIÓN DE ASISTENCIA SANITARIA EN LA UNIÓN EUROPEA EN EL MARCO DE LA LIBRE CIRCULACIÓN DE PERSONAS
REFERENCIA AL TRATAMIENTO DE LA CUESTIÓN EN LA CONSTITUCIÓN EUROPEA
CONCLUSIÓN.


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La concurrencia del principio de libre prestación de servicios junto con la diversidad de modelos de gestión sanitaria de la Asistencia Sanitaria Pública europea ha configurado algunas resoluciones judiciales del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que permiten a los ciudadanos la posibilidad de obtener el reintegro de gastos sanitarios realizados en un Estado miembro distinto al de su lugar de residencia no solo por medio de los instrumentos establecidos en el Reglamento CE. 1408/71, sino también en algunos supuestos distintos.
Esta situación plantea, desde el punto de vista de la gestión sanitaria, cierta inquietud y, desde el punto de vista de los beneficiarios una suerte de mecanismo complementario de garantía respecto a la satisfacción de su derecho a la salud.
El problema, sobretodo a raíz de la sentencia dictada en el caso Inizan (C-56/2001), plantea la posibilidad de que si en un tiempo razonable a un beneficiario del sistema no se le asiste en su situación de necesidad, éste podría acudir a otro Estado miembro para poder obtener la asistencia necesaria y reclamar posteriormente el reintegro de gastos su Estado de origen.
En la presente ponencia vamos a abordar este problema repasando primero la normativa española sobre la materia para pasar a comentar después algunas de las sentencias del TJUE dictadas sobre esta materia.

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PRESENTACIÓN
MARCO JURÍDICO DEL DERECHO ESPAÑOL APLICABLE
MARCO JURÍDICO COMUNITARIO DE LA PRESTACIÓN DE ASISTENCIA SANITARIA EN LA UNIÓN EUROPEA EN EL MARCO DE LA LIBRE CIRCULACIÓN DE PERSONAS
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