Diccionario panhispánico del español jurídico

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Nuevas perspectivas de la judicialización de la salud en Brasil a la luz del derecho a un mínimo existencial

por Perlingeiro, Ricardo

Artículo
ISSN: 1133-7400
Ver otros artículos del mismo número: Vol. 24. N1 - 2014

El texto busca identificar los aspectos objetivos y subjetivos de derechos a un mínimo existencial (Existenzminimum), en materia de salud, mínimo existencial a partir de parámetros internacionales que, para ser restringidos en la esfera interna de los Estados, dependen de un fundamento constitucional y que están basados en hechos comprensibles, cuya demostración debe estar a cargo de la autoridad administrativa nacional. Respecto a la judicialización del derecho mínimo a la salud, se señala una grave equivocación como es la de tratar los conflictos sobre salud pública partiendo de principios típicos de la jurisdicción sobre conflictos de derecho privado, deformando, de esta manera, el sistema público de salud con órdenes judiciales que rompen con el acceso universal a la salud y que muchas veces no son susceptibles de cumplirse, concluyendo que la judicialización del derecho a la salud frente a las autoridades administrativas reclama, necesariamente, la judicialización simultanea de los procedimientos administrativos correspondientes.

Tabla de Contenidos

1. Alcance de la expresión “judicialización de la salud” en el escenario actual
2. Nuevas formas de abordar la reserva de lo posible y el mínimo existencial (Existenzminimum) en materia de salud
3. La judicialización del derecho a un mínimo existencial (Existenzminimum)
4. La falta de comprensión en la diferenciación entre derecho público y derecho privado, y su reflejo en la jurisdicción
5. Consideraciones finales
6. Bibliografía


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El texto busca identificar los aspectos objetivos y subjetivos de derechos a un mínimo existencial (Existenzminimum), en materia de salud, mínimo existencial a partir de parámetros internacionales que, para ser restringidos en la esfera interna de los Estados, dependen de un fundamento constitucional y que están basados en hechos comprensibles, cuya demostración debe estar a cargo de la autoridad administrativa nacional. Respecto a la judicialización del derecho mínimo a la salud, se señala una grave equivocación como es la de tratar los conflictos sobre salud pública partiendo de principios típicos de la jurisdicción sobre conflictos de derecho privado, deformando, de esta manera, el sistema público de salud con órdenes judiciales que rompen con el acceso universal a la salud y que muchas veces no son susceptibles de cumplirse, concluyendo que la judicialización del derecho a la salud frente a las autoridades administrativas reclama, necesariamente, la judicialización simultanea de los procedimientos administrativos correspondientes.

Tabla de Contenidos

1. Alcance de la expresión “judicialización de la salud” en el escenario actual
2. Nuevas formas de abordar la reserva de lo posible y el mínimo existencial (Existenzminimum) en materia de salud
3. La judicialización del derecho a un mínimo existencial (Existenzminimum)
4. La falta de comprensión en la diferenciación entre derecho público y derecho privado, y su reflejo en la jurisdicción
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