Diccionario panhispánico del español jurídico

1 de 1 copias disponibles

El régimen abierto como régimen ordinario

por Lacal Cuenca, Pedro

Artículo
ISSN: 1698-1189
Madrid Iustel 2020
Ver otros artículos del mismo número: 34

Podemos decir que son tres los cambios fundamentales que nuestro sistema penitenciario necesita. El primero y más importante, el cambio de mentalidad de sus gestores y operadores. De poco o nada sirve modificar la norma si quien la ejecuta no cree en las posibilidades que contiene el art.25.2 CE. El segundo, apostar justamente por estas posibilidades. Ello, de un lado, convirtiendo la reinserción y por ende el tratamiento penitenciario en derecho subjetivo de los ciudadanos privados de libertad. De otro, sustituyendo la relación de sujeción especial por el contenido del propio art.25.2 CE como paradigma y criterio relacional entre los internos y la Administración. Finalmente, el tercer cambio consiste en apostar por el tercer grado como régimen habitual de cumplimiento. Sólo así conseguiremos una ejecución de la pena más humana, evitando las disonancias actuales entre realidad y posibilidades.

Tabla de Contenidos

1. La estructura básica de nuestro sistema penitenciario.
2. Un posible revulsivo. El protocolo de ingreso directo en centros de inserción social (CIS) o secciones abiertas de centros penitenciarios.
3. Fundamentos penológicos, penitenciarios y prácticos para el cambio.
4. Las premisas básicas.
5. Conclusiones.


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 286 Kb.

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

Podemos decir que son tres los cambios fundamentales que nuestro sistema penitenciario necesita. El primero y más importante, el cambio de mentalidad de sus gestores y operadores. De poco o nada sirve modificar la norma si quien la ejecuta no cree en las posibilidades que contiene el art.25.2 CE. El segundo, apostar justamente por estas posibilidades. Ello, de un lado, convirtiendo la reinserción y por ende el tratamiento penitenciario en derecho subjetivo de los ciudadanos privados de libertad. De otro, sustituyendo la relación de sujeción especial por el contenido del propio art.25.2 CE como paradigma y criterio relacional entre los internos y la Administración. Finalmente, el tercer cambio consiste en apostar por el tercer grado como régimen habitual de cumplimiento. Sólo así conseguiremos una ejecución de la pena más humana, evitando las disonancias actuales entre realidad y posibilidades.

Tabla de Contenidos

1. La estructura básica de nuestro sistema penitenciario.
2. Un posible revulsivo. El protocolo de ingreso directo en centros de inserción social (CIS) o secciones abiertas de centros penitenciarios.
3. Fundamentos penológicos, penitenciarios y prácticos para el cambio.
4. Las premisas básicas.
5. Conclusiones.


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 286 Kb.
  • Lectura offline protegida
  • Lectura online

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

Otros usuarios también leyeron