Diccionario panhispánico del español jurídico

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El procedimiento de reclamaciones colectivas: paradigma del constitucionalismo y la justicia social (nullum ius sine actione)

por Salcedo Beltrán, María del Carmen

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2020
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El 30 de diciembre de 2019 se formalizó el Acuerdo de coalición progresista entre PSOE y Unidas Podemos para la formación del ejecutivo que en estos momentos gobierna el país. En el punto diez del primer eje recoge el compromiso de ratificar el Protocolo de reclamaciones colectivas de 9 de noviembre de 1995. El 20 de octubre de 2020 la Ministra de Trabajo y Economía Social comunicó que, antes de final de año, se habrá cumplido. Se trata de un procedimiento trascendental, por ser el único consagrado exclusivamente a la exigibilidad de los derechos sociales.
Constituye la muestra más elocuente de una implicación real con estos derechos, desde la perspectiva de su garantía. Así, se preserva su efectividad en caso de inobservancia con el mecanismo que, en el presente, se puede calificar como el más logrado, factible y operativo de entre todos los existentes en este sentido.
Atendiendo a estas significativas notas y al enorme impacto que se derivará de su incorporación al ordenamiento jurídico interno español, este estudio analiza de forma pormenorizada su potencial. Los propósitos que inspiran este texto son los de estimular a las autoridades gubernamentales para su implantación sin más dilación, contribuir a su conocimiento por los sujetos legitimados para utilizarlo -agentes sociales y organizaciones no gubernamentales-, así como por los beneficiarios, toda la ciudadanía. También, explicar todas las complejas cuestiones que se plantean desde el inicio del procedimiento hasta la emisión del pronunciamiento resolutorio.

The progressive coalition Agreement between Spanish Socialist Workers' Party (PSOE) and Unidas Podemos to form the national government that rules this country was formalized on December 30th, 2019. The item number ten of the first main point refers to the commitment to ratify the Collective Complaints Protocol adopted on November 9th, 1995. The Minister for Labour and Social Economy informed on October, 22th, 2020 that they have been achieved it before the end of the year. It is a major procedure as it is the sole method exclusively consecrated to the enforcement of social rights.
It is the most meaningful sample of real implication of these rights, from a right guarantee’s point of view. The effectiveness in case of disregard is preserved by a mechanism that can, nowadays, be qualified as the most accomplished, feasible and operational among all the existing ones.
Taking into account these significant remarks and the huge impact that will follow the incorporation of such Protocol into the Spanish legal system; this essay analyzes the potential of it. The aim of this study is both to stimulate the government authorities to proceed to the implementation without further delay, and to contribute to inform about it to the legitimated individuals who have to use it – social partners and non-governmental organizations -, as well as to every beneficiary, the citizens. Likewise, to explain thoroughly the difficult issues which have been raised since the beginning of the procedure and until the issuance of the decisional pronouncement.

Tabla de Contenidos

I. Coherencia y legitimidad democrática gubernamental (pacta sunt servanda).
II. Génesis, fuentes reguladoras y estructura.
III. La implementación de los derechos sociales derivada de la aceptación del procedimiento de reclamaciones colectivas.
3.1 Modalidades de adhesión y statu quo.
3.2. Notas caracterizadoras y, a su vez, distintivas.
3.3. Complementariedad con el sistema de informes.
3.4. Órganos intervinientes: competencias decisorias versus competencias ejecutorias.
3.5. La decisión sobre la admisibilidad.
3.5.1. La legitimación activa y la “autónoma” noción de representatividad.
3.5.2. Condiciones formales y materiales de la reclamación.
3.5.3. La legitimidad pasiva y la condición de la territorialidad.
3.6. Directrices de una instrucción predominante escrita: contradicción, publicidad y participación.
3.7. La pertinente incorporación de medidas inmediatas.
3.8. La decisión sobre el fondo: consecuencias, publicidad y seguimiento.
IV. La implementación de los derechos sociales derivada de la invocación de los pronunciamientos.
V. Reflexiones finales: causa Patet.


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El 30 de diciembre de 2019 se formalizó el Acuerdo de coalición progresista entre PSOE y Unidas Podemos para la formación del ejecutivo que en estos momentos gobierna el país. En el punto diez del primer eje recoge el compromiso de ratificar el Protocolo de reclamaciones colectivas de 9 de noviembre de 1995. El 20 de octubre de 2020 la Ministra de Trabajo y Economía Social comunicó que, antes de final de año, se habrá cumplido. Se trata de un procedimiento trascendental, por ser el único consagrado exclusivamente a la exigibilidad de los derechos sociales.
Constituye la muestra más elocuente de una implicación real con estos derechos, desde la perspectiva de su garantía. Así, se preserva su efectividad en caso de inobservancia con el mecanismo que, en el presente, se puede calificar como el más logrado, factible y operativo de entre todos los existentes en este sentido.
Atendiendo a estas significativas notas y al enorme impacto que se derivará de su incorporación al ordenamiento jurídico interno español, este estudio analiza de forma pormenorizada su potencial. Los propósitos que inspiran este texto son los de estimular a las autoridades gubernamentales para su implantación sin más dilación, contribuir a su conocimiento por los sujetos legitimados para utilizarlo -agentes sociales y organizaciones no gubernamentales-, así como por los beneficiarios, toda la ciudadanía. También, explicar todas las complejas cuestiones que se plantean desde el inicio del procedimiento hasta la emisión del pronunciamiento resolutorio.

The progressive coalition Agreement between Spanish Socialist Workers' Party (PSOE) and Unidas Podemos to form the national government that rules this country was formalized on December 30th, 2019. The item number ten of the first main point refers to the commitment to ratify the Collective Complaints Protocol adopted on November 9th, 1995. The Minister for Labour and Social Economy informed on October, 22th, 2020 that they have been achieved it before the end of the year. It is a major procedure as it is the sole method exclusively consecrated to the enforcement of social rights.
It is the most meaningful sample of real implication of these rights, from a right guarantee’s point of view. The effectiveness in case of disregard is preserved by a mechanism that can, nowadays, be qualified as the most accomplished, feasible and operational among all the existing ones.
Taking into account these significant remarks and the huge impact that will follow the incorporation of such Protocol into the Spanish legal system; this essay analyzes the potential of it. The aim of this study is both to stimulate the government authorities to proceed to the implementation without further delay, and to contribute to inform about it to the legitimated individuals who have to use it – social partners and non-governmental organizations -, as well as to every beneficiary, the citizens. Likewise, to explain thoroughly the difficult issues which have been raised since the beginning of the procedure and until the issuance of the decisional pronouncement.

Tabla de Contenidos

I. Coherencia y legitimidad democrática gubernamental (pacta sunt servanda).
II. Génesis, fuentes reguladoras y estructura.
III. La implementación de los derechos sociales derivada de la aceptación del procedimiento de reclamaciones colectivas.
3.1 Modalidades de adhesión y statu quo.
3.2. Notas caracterizadoras y, a su vez, distintivas.
3.3. Complementariedad con el sistema de informes.
3.4. Órganos intervinientes: competencias decisorias versus competencias ejecutorias.
3.5. La decisión sobre la admisibilidad.
3.5.1. La legitimación activa y la “autónoma” noción de representatividad.
3.5.2. Condiciones formales y materiales de la reclamación.
3.5.3. La legitimidad pasiva y la condición de la territorialidad.
3.6. Directrices de una instrucción predominante escrita: contradicción, publicidad y participación.
3.7. La pertinente incorporación de medidas inmediatas.
3.8. La decisión sobre el fondo: consecuencias, publicidad y seguimiento.
IV. La implementación de los derechos sociales derivada de la invocación de los pronunciamientos.
V. Reflexiones finales: causa Patet.


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