Diccionario panhispánico del español jurídico

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Principios de la contratación pública en la nueva Ley 1882 de 2018 (Colombia) y especial referencia comparativa con la Ley 9 de 2017 (España)

por Neira Gaitán, Hans Leonardo

Artículo
ISSN: 2386-8104
Ver otros artículos del mismo número: 16

El presente artículo tiene por objeto realizar un análisis jurídico-comparativo de las nuevas normas: Ley 1882 de 2018 (Colombia) y LCSP de 2017 (España) profundizando en el estudio de los principios generales de la contratación pública y las novedades introducidas en la primera parte de la Ley 1882 de 2018, en especial sobre los pliegos-tipo, subsanabilidad de la oferta, responsabilidad de consultores, asesores e interventores; siempre en la búsqueda de la transparencia en la contratación pública y la lucha contra la corrupción. Se propone finalmente rescatar los valores supremos de la ética y buena fe.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN.
1. ANTECEDENTES Y ALCANCE DE LAS NUEVAS LEYES: 1882 DE 2018 (COLOMBIA) Y LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO DE 2017 (ESPAÑA).
1.1. Antecedentes y alcance de la Ley 1882 de 2018 (Colombia).
1.2. Antecedentes y alcance de la LCSP de 2017 (España).
II. PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA EN LA NUEVA LEY 1882 DE 2018 (COLOMBIA) Y ESPECIAL REFERENCIA COMPARATIVA CON LA LEY 9 DE 2017 (LCSP-ESPAÑA).
2.1. Principio de transparencia - “Pliegos-tipo”.
2.2. Principio de selección objetiva - Subsanabilidad de la oferta.
2.3. Principio de igualdad y libertad de concurrencia-Presentación de la oferta.
2.4. Principio de responsabilidad-Consultores, asesores externos e interventores.
III. CONCLUSIONES


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El presente artículo tiene por objeto realizar un análisis jurídico-comparativo de las nuevas normas: Ley 1882 de 2018 (Colombia) y LCSP de 2017 (España) profundizando en el estudio de los principios generales de la contratación pública y las novedades introducidas en la primera parte de la Ley 1882 de 2018, en especial sobre los pliegos-tipo, subsanabilidad de la oferta, responsabilidad de consultores, asesores e interventores; siempre en la búsqueda de la transparencia en la contratación pública y la lucha contra la corrupción. Se propone finalmente rescatar los valores supremos de la ética y buena fe.

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I. INTRODUCCIÓN.
1. ANTECEDENTES Y ALCANCE DE LAS NUEVAS LEYES: 1882 DE 2018 (COLOMBIA) Y LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO DE 2017 (ESPAÑA).
1.1. Antecedentes y alcance de la Ley 1882 de 2018 (Colombia).
1.2. Antecedentes y alcance de la LCSP de 2017 (España).
II. PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA EN LA NUEVA LEY 1882 DE 2018 (COLOMBIA) Y ESPECIAL REFERENCIA COMPARATIVA CON LA LEY 9 DE 2017 (LCSP-ESPAÑA).
2.1. Principio de transparencia - “Pliegos-tipo”.
2.2. Principio de selección objetiva - Subsanabilidad de la oferta.
2.3. Principio de igualdad y libertad de concurrencia-Presentación de la oferta.
2.4. Principio de responsabilidad-Consultores, asesores externos e interventores.
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