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A propósito del COVID–19: medidas adoptadas por el gobierno argentino en materia de emergencia y contratación pública.
Hasta el día de la fecha, las medidas que ha adoptado el gobierno argentino han sido eficaces, aunque, para ello, ha debido acudir a un repertorio de restricciones y prohibiciones inusitadamente intensas para las libertades, derechos y garantías constitucionales (v.gr.: de transitar libremente, de ingresar y salir de nuestro país, aperturas de bancos los días sábados y domingos, imposición de cuarentena obligatoria en forma anticipada de acuerdo a la cantidad de personas afectadas y por varias semanas consecutivas) que están siendo cuestionadas por su dudosa constitucionalidad a través de los medios de prensa y en las respectivas instancias judiciales argentinas. [...]
I. La declaración de emergencia sanitaria y las medidas, en un principio, adoptadas.
II. Medidas restrictivas de libertades ambulatorias, de circulación de personas y de la tutela administrativa y judicial efectiva.
III. La emergencia sanitaria en materia de contratación pública.
1. La contratación pública de emergencia.
2. Medidas decretadas para empresas de servicios públicos y otros proveedores de servicios.
3. De nuevo la aplicación de la Ley de Abastecimiento, propia de gobiernos autocráticos.
IV. A modo de conclusión.
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Hasta el día de la fecha, las medidas que ha adoptado el gobierno argentino han sido eficaces, aunque, para ello, ha debido acudir a un repertorio de restricciones y prohibiciones inusitadamente intensas para las libertades, derechos y garantías constitucionales (v.gr.: de transitar libremente, de ingresar y salir de nuestro país, aperturas de bancos los días sábados y domingos, imposición de cuarentena obligatoria en forma anticipada de acuerdo a la cantidad de personas afectadas y por varias semanas consecutivas) que están siendo cuestionadas por su dudosa constitucionalidad a través de los medios de prensa y en las respectivas instancias judiciales argentinas. [...]
I. La declaración de emergencia sanitaria y las medidas, en un principio, adoptadas.
II. Medidas restrictivas de libertades ambulatorias, de circulación de personas y de la tutela administrativa y judicial efectiva.
III. La emergencia sanitaria en materia de contratación pública.
1. La contratación pública de emergencia.
2. Medidas decretadas para empresas de servicios públicos y otros proveedores de servicios.
3. De nuevo la aplicación de la Ley de Abastecimiento, propia de gobiernos autocráticos.
IV. A modo de conclusión.