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La modernización tecnológica de la Administración de Justicia
La Administración de Justicia española se ha ido adaptando paulatinamente al cambio exigido por el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación (TIC). A mayor avance tecnológico mayores son las posibilidades que estas nos ofrecen; en el ámbito estrictamente judicial, su empleo puede ayudar a paliar algunos de los males endémicos de nuestra justicia. En este trabajo observaremos la evolución del sustrato legal y de la voluntad política por modernizar la justicia en España, apuntando los puntos fuertes de la reciente Ley 18/2011, entre los que sin duda se encuentra el reconocimiento del derecho del ciudadano a relacionarse electrónicamente con la Administración de Justicia, y las cuestiones pendientes. Finalmente, mostraremos un extracto de las principales lecciones a las que ha llegado el Cyberjustice Laboratory, centro pionero en el estudio de las TIC en sede judicial.
I. Introducción.
II. Las nuevas tecnologías en la Administración de Justicia española.
1. Antecedentes: de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1994 al plan estratégico de modernización de la Justicia (2009-2012).
2. La Ley 18/2011, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia.
2.1. Los derechos del ciudadano.
2.2. Régimen jurídico de la Administración judicial electrónica.
2.3. El esquema judicial de interoperabilidad y seguridad.
3. Cuestiones pendientes.
3.1. Los medios telemáticos de vigilancia.
3.2. La videoconferencia.
III. Una experiencia pionera: el Cyberjustice Laboratory.
1. El objetivo técnico-legal: el desarrollo de software ad hoc de la Justicia.
2. El desafío socio-legal: ideas para la reestructuración del proceso a la luz de las ingentes posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías.
IV. Conclusiones.
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La Administración de Justicia española se ha ido adaptando paulatinamente al cambio exigido por el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación (TIC). A mayor avance tecnológico mayores son las posibilidades que estas nos ofrecen; en el ámbito estrictamente judicial, su empleo puede ayudar a paliar algunos de los males endémicos de nuestra justicia. En este trabajo observaremos la evolución del sustrato legal y de la voluntad política por modernizar la justicia en España, apuntando los puntos fuertes de la reciente Ley 18/2011, entre los que sin duda se encuentra el reconocimiento del derecho del ciudadano a relacionarse electrónicamente con la Administración de Justicia, y las cuestiones pendientes. Finalmente, mostraremos un extracto de las principales lecciones a las que ha llegado el Cyberjustice Laboratory, centro pionero en el estudio de las TIC en sede judicial.
I. Introducción.
II. Las nuevas tecnologías en la Administración de Justicia española.
1. Antecedentes: de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1994 al plan estratégico de modernización de la Justicia (2009-2012).
2. La Ley 18/2011, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia.
2.1. Los derechos del ciudadano.
2.2. Régimen jurídico de la Administración judicial electrónica.
2.3. El esquema judicial de interoperabilidad y seguridad.
3. Cuestiones pendientes.
3.1. Los medios telemáticos de vigilancia.
3.2. La videoconferencia.
III. Una experiencia pionera: el Cyberjustice Laboratory.
1. El objetivo técnico-legal: el desarrollo de software ad hoc de la Justicia.
2. El desafío socio-legal: ideas para la reestructuración del proceso a la luz de las ingentes posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías.
IV. Conclusiones.