Diccionario panhispánico del español jurídico

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Desencuentro en la interpretación del derecho a la defensa entre tribunales españoles y TEDH (a propósito de la STEDH de 27 de noviembre de 2012)

por Otazua Zabala, Goizeder

Artículo
ISSN: 2695-5407
Ver otros artículos del mismo número: Número 97. Septiembre-Diciembre 2013

Durante los últimos cuatro años España ha sido objeto de desaprobación por parte del TEDH por conculcar el derecho al proceso debido, en concreto, por condenar en segunda instancia al inicialmente absuelto sin celebrar una vista pública en la que poder defenderse de las acusaciones contra él propugnadas. Mediante el análisis de la última de las condenas, junto a sus predecesoras, precisaremos cuáles son las razones que el Tribunal de Estrasburgo esgrime en el alegato al derecho de defensa, y de ese modo discernir qué elementos discordantes existen entre los razonamientos del tribunal nacional y el europeo. Dicho examen resulta relevante para sentar las bases de una futura reforma legislativa con el fin de lograr un efectivo cumplimiento de las obligaciones contraídas en el ámbito internacional.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. Vilanova Goterris y Llop García c. España (STEDH de 27 de noviembre de 2012).
II.1. Circunstancias del caso. Ç
II.2. Valoración de las partes ante el TEDH.
II.3. El pronunciamiento del TEDH.
III. Fundamento normativo de la condena: el principio de publicidad y la audiencia pública.
IV. Fundamento argumentativo de la condena en base al reexamen de los elementos subjetivos. Hitos jurisprudenciales recientes.
IV.1. Carencias del recurso de apelación como medio de revisión.
IV.2. Carencias del recurso de casación como medio de revisión.
V. Líneas generales de la discordancia entre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el estado español.


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Durante los últimos cuatro años España ha sido objeto de desaprobación por parte del TEDH por conculcar el derecho al proceso debido, en concreto, por condenar en segunda instancia al inicialmente absuelto sin celebrar una vista pública en la que poder defenderse de las acusaciones contra él propugnadas. Mediante el análisis de la última de las condenas, junto a sus predecesoras, precisaremos cuáles son las razones que el Tribunal de Estrasburgo esgrime en el alegato al derecho de defensa, y de ese modo discernir qué elementos discordantes existen entre los razonamientos del tribunal nacional y el europeo. Dicho examen resulta relevante para sentar las bases de una futura reforma legislativa con el fin de lograr un efectivo cumplimiento de las obligaciones contraídas en el ámbito internacional.

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I. Introducción.
II. Vilanova Goterris y Llop García c. España (STEDH de 27 de noviembre de 2012).
II.1. Circunstancias del caso. Ç
II.2. Valoración de las partes ante el TEDH.
II.3. El pronunciamiento del TEDH.
III. Fundamento normativo de la condena: el principio de publicidad y la audiencia pública.
IV. Fundamento argumentativo de la condena en base al reexamen de los elementos subjetivos. Hitos jurisprudenciales recientes.
IV.1. Carencias del recurso de apelación como medio de revisión.
IV.2. Carencias del recurso de casación como medio de revisión.
V. Líneas generales de la discordancia entre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el estado español.


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