Diccionario panhispánico del español jurídico

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La repercusión en España de las sanciones impuestas al Estado por infracciones del Derecho de la Unión Europea: desarrollos normativos y jurisprudenciales recientes

por Cienfuegos Mateo, Manuel

Artículo
ISSN: 2695-5407
Ver otros artículos del mismo número: Número 98. Enero-Abril 2014

El Estado español responde ante la Unión Europea de la ejecución del ordenamiento comunitario llevada a cabo en su territorio, sin que a estos efectos tenga relevancia el órgano que la realizó ni el nivel territorial en que tuvo lugar. Ello explica la trascendencia de la cláusula legislativa general prevista por la disposición adicional 2.ª de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y el procedimiento reglamentario contemplado por el Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, para depurar la responsabilidad de las administraciones públicas por la vulneración de las normas comunitarias de las que se derive la responsabilidad económica de España. En particular, el reglamento representa un estimable avance en comparación con la situación jurídica preexistente, si bien pone de manifiesto una preponderancia del Estado sobre las Comunidades Autónomas y los entes locales que no está justificada objetivamente por las infracciones de las obligaciones comunitarias que les son imputables. Adicionalmente, el procedimiento regulado adolece de un número considerable de insuficiencias y ambigüedades que deberían enmendarse cuanto antes para facilitar su aplicación en la práctica.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. La atribución al Reino de España de los incumplimientos del Derecho de la Unión Europea por cualquiera de sus poderes públicos.
II.1. El Estado español, único sujeto internacional para la Unión Europea.
II.2. La interposición de recursos de incumplimiento contra España por actuaciones de las administraciones públicas y las sanciones subsiguientes en la práctica comunitaria.
II.3. Apunte sobre los procedimientos de correcciones financieras y de déficits públicos incoados contra España.
III. La depuración en el ordenamiento español de la responsabilidad de las administraciones públicas (especialmente descentralizadas) por infracciones del Derecho de la Unión Europea por las que sea sancionado el Estado: desarrollos normativos y jurisprudenciales recientes.
III.1. La doctrina constitucional.
III.2. El tránsito de las cláusulas particulares de las leyes sectoriales y de las cláusulas generales de las leyes horizontales a un procedimiento general de responsabilidad.
III.2.1. Las cláusulas legislativas particulares.
III.2.2. Las cláusulas legislativas generales.
III.2.3. El procedimiento reglamentario general.
IV. Reflexiones finales.


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El Estado español responde ante la Unión Europea de la ejecución del ordenamiento comunitario llevada a cabo en su territorio, sin que a estos efectos tenga relevancia el órgano que la realizó ni el nivel territorial en que tuvo lugar. Ello explica la trascendencia de la cláusula legislativa general prevista por la disposición adicional 2.ª de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y el procedimiento reglamentario contemplado por el Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, para depurar la responsabilidad de las administraciones públicas por la vulneración de las normas comunitarias de las que se derive la responsabilidad económica de España. En particular, el reglamento representa un estimable avance en comparación con la situación jurídica preexistente, si bien pone de manifiesto una preponderancia del Estado sobre las Comunidades Autónomas y los entes locales que no está justificada objetivamente por las infracciones de las obligaciones comunitarias que les son imputables. Adicionalmente, el procedimiento regulado adolece de un número considerable de insuficiencias y ambigüedades que deberían enmendarse cuanto antes para facilitar su aplicación en la práctica.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. La atribución al Reino de España de los incumplimientos del Derecho de la Unión Europea por cualquiera de sus poderes públicos.
II.1. El Estado español, único sujeto internacional para la Unión Europea.
II.2. La interposición de recursos de incumplimiento contra España por actuaciones de las administraciones públicas y las sanciones subsiguientes en la práctica comunitaria.
II.3. Apunte sobre los procedimientos de correcciones financieras y de déficits públicos incoados contra España.
III. La depuración en el ordenamiento español de la responsabilidad de las administraciones públicas (especialmente descentralizadas) por infracciones del Derecho de la Unión Europea por las que sea sancionado el Estado: desarrollos normativos y jurisprudenciales recientes.
III.1. La doctrina constitucional.
III.2. El tránsito de las cláusulas particulares de las leyes sectoriales y de las cláusulas generales de las leyes horizontales a un procedimiento general de responsabilidad.
III.2.1. Las cláusulas legislativas particulares.
III.2.2. Las cláusulas legislativas generales.
III.2.3. El procedimiento reglamentario general.
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