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La corrupción en el seno de las instituciones de la Unión Europea: responsabilidades, investigación administrativa y control judicial
En el seno de las instituciones de la Unión Europea también se ha comprobado la existencia de corrupción. Los políticos y los funcionarios de Bruselas están sometidos a procedimientos de control político, disciplinario y, desde luego, penal. En 1999 y a raíz de la corrupción detectada en la Comisión Europea se puso en marcha la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) en virtud de un acuerdo de las instituciones europeas con el fin de investigar la corrupción y los incumplimientos graves. En 2009 el Tratado de Lisboa ha previsto el establecimiento de una Fiscalía Europea que impulse las investigaciones judiciales relacionadas con los delitos europeos, en particular los que afectan a los intereses financieros de la Unión. En ambos casos las investigaciones pueden concluir con la imposición de medidas disciplinarias y penales. En este ámbito los tribunales tienen una misión esencial: en el caso de la responsabilidad política y disciplinaria el control de la legalidad corresponde al Tribunal de Justicia; en cambio, las sanciones penales a los políticos y funcionarios de la Unión Europea solo pueden imponerlas los jueces penales nacionales.
I. Introducción.
II. La corrupción en las instituciones de la Unión Europea y los niveles de responsabilidad (política, disciplinaria y penal).
II.1. El contexto institucional y presupuestario de la corrupción en la Unión Europea.
II.2. La responsabilidad política, disciplinaria y penal de los miembros y de los funcionarios de las instituciones europeas.
III. La investigación de la corrupción en el seno de las instituciones de la Unión Europea: de la OLAF (1999) a la Fiscalía Europea (2016).
III.1. La investigación administrativa de las instituciones europeas: la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).
III.2. La investigación judicial de los empleados de la Unión Europea: la Fiscalía Europea.
IV. Los tribunales en la lucha contra la corrupción en las instituciones de la Unión Europea.
IV.1. El control judicial europeo de la responsabilidad política de los miembros de las instituciones de la Unión.
IV.2. El control judicial europeo de la responsabilidad disciplinaria de los funcionarios europeos.
IV.3. Los jueces nacionales y el castigo penal de la corrupción de los empleados de las instituciones europeas.
V. Conclusión.
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En el seno de las instituciones de la Unión Europea también se ha comprobado la existencia de corrupción. Los políticos y los funcionarios de Bruselas están sometidos a procedimientos de control político, disciplinario y, desde luego, penal. En 1999 y a raíz de la corrupción detectada en la Comisión Europea se puso en marcha la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) en virtud de un acuerdo de las instituciones europeas con el fin de investigar la corrupción y los incumplimientos graves. En 2009 el Tratado de Lisboa ha previsto el establecimiento de una Fiscalía Europea que impulse las investigaciones judiciales relacionadas con los delitos europeos, en particular los que afectan a los intereses financieros de la Unión. En ambos casos las investigaciones pueden concluir con la imposición de medidas disciplinarias y penales. En este ámbito los tribunales tienen una misión esencial: en el caso de la responsabilidad política y disciplinaria el control de la legalidad corresponde al Tribunal de Justicia; en cambio, las sanciones penales a los políticos y funcionarios de la Unión Europea solo pueden imponerlas los jueces penales nacionales.
I. Introducción.
II. La corrupción en las instituciones de la Unión Europea y los niveles de responsabilidad (política, disciplinaria y penal).
II.1. El contexto institucional y presupuestario de la corrupción en la Unión Europea.
II.2. La responsabilidad política, disciplinaria y penal de los miembros y de los funcionarios de las instituciones europeas.
III. La investigación de la corrupción en el seno de las instituciones de la Unión Europea: de la OLAF (1999) a la Fiscalía Europea (2016).
III.1. La investigación administrativa de las instituciones europeas: la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).
III.2. La investigación judicial de los empleados de la Unión Europea: la Fiscalía Europea.
IV. Los tribunales en la lucha contra la corrupción en las instituciones de la Unión Europea.
IV.1. El control judicial europeo de la responsabilidad política de los miembros de las instituciones de la Unión.
IV.2. El control judicial europeo de la responsabilidad disciplinaria de los funcionarios europeos.
IV.3. Los jueces nacionales y el castigo penal de la corrupción de los empleados de las instituciones europeas.
V. Conclusión.