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La evolución de la jurisprudencia constitucional en materia de referendos autonómicos
El presente artículo pretende analizar el modo en que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha evolucionado en materia de referéndum autonómico a lo largo de la última década. Se realiza, pues, una revisión de las principales sentencias al respecto, que van desde la 103/2008, resolutiva del célebre caso Ibarretxe, hasta la más reciente 51/2017, anulatoria de la Ley catalana de consultas populares por vía de referéndum. El autor realiza una revisión crítica de los argumentos en que se basan estas sentencias, haciendo hincapié en los virajes que ha experimentado la doctrina del Tribunal y argumentando en favor de la posibilidad de que las Comunidades regulen referendos propios con los que consultar a su ciudadanía en materias de su estricta competencia. Finalmente, se exponen los inconvenientes esenciales para la convocatoria de un referéndum de secesión bajo el actual marco constitucional.
I. Introducción. La institución referendaria en la Constitución de 1978.
II. La evolución de la jurisprudencia constitucional en materia de referéndum autonómico.
1. Vía libre: la sentencia 103/2008.
2. Prohibido el paso: las sentencias 31/2010 y 31/2015.
3. Se abre un pequeño carril: las sentencias 137/2015 y 51/2017.
III. En favor de la apertura: revisión crítica de la argumentación del Tribunal Constitucional.
IV. Nota al margen: sobre los referendos de secesión.
V. Conclusiones.
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El presente artículo pretende analizar el modo en que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha evolucionado en materia de referéndum autonómico a lo largo de la última década. Se realiza, pues, una revisión de las principales sentencias al respecto, que van desde la 103/2008, resolutiva del célebre caso Ibarretxe, hasta la más reciente 51/2017, anulatoria de la Ley catalana de consultas populares por vía de referéndum. El autor realiza una revisión crítica de los argumentos en que se basan estas sentencias, haciendo hincapié en los virajes que ha experimentado la doctrina del Tribunal y argumentando en favor de la posibilidad de que las Comunidades regulen referendos propios con los que consultar a su ciudadanía en materias de su estricta competencia. Finalmente, se exponen los inconvenientes esenciales para la convocatoria de un referéndum de secesión bajo el actual marco constitucional.
I. Introducción. La institución referendaria en la Constitución de 1978.
II. La evolución de la jurisprudencia constitucional en materia de referéndum autonómico.
1. Vía libre: la sentencia 103/2008.
2. Prohibido el paso: las sentencias 31/2010 y 31/2015.
3. Se abre un pequeño carril: las sentencias 137/2015 y 51/2017.
III. En favor de la apertura: revisión crítica de la argumentación del Tribunal Constitucional.
IV. Nota al margen: sobre los referendos de secesión.
V. Conclusiones.