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Asistencia sanitaria y convicciones religiosas, un motivo para la discriminación. A propósito de la sentencia del TJUE de 29 de octubre de 2020
En las sociedades occidentales culturalmente diversas como la nuestra, tienen presencia algunos grupos que muestran su oposición a recibir determinados tratamientos médicos por razones religiosas. Bajo el prisma del respeto a la autonomía del paciente, las cuestiones que vamos a plantear en este trabajo se centran en analizar si la negativa de la sanidad pública a practicar intervenciones conforme a las convicciones religiosas del paciente, en unos casos o, la denegación de la autorización de un Estado miembro de la Unión Europea para recibir asistencia transfronteriza, en otros casos, constituye un supuesto de denegación injustificada de asistencia y, por ende, daría lugar al correspondiente derecho al reintegro de los gastos ocasionados al recurrir a la medicina privada, en el primer supuesto, o a la compensación de las cantidades abonadas a los servicios de salud pública del país extranjero, en la segunda hipótesis. Junto a ello, trataremos de valorar si esta denegación representa una vulneración del derecho fundamental de libertad religiosa de estos pacientes, originando, en última instancia, una discriminación por motivos religiosos vetada tanto por nuestro ordenamiento jurídico como por el ordenamiento de la Unión Europea y por la normativa internacional.
I. Introducción.
II. El respeto a la autonomía del paciente en la prestación de los servicios sanitarios.
III. Un binomio en conflicto: asistencia sanitaria pública y convicciones religiosas.
IV. El reintegro de los gastos médicos a la luz de la legislación española y europea.
1. Análisis desde el ordenamiento jurídico español.
1.1. La asistencia sanitaria como un servicio público esencial.
1.2. Delimitación conceptual de la “denegación injustificada de asistencia sanitaria”.
1.3. La denegación injustificada de asistencia en la legislación española. 2. Análisis desde la normativa europea.
V. Valoración jurisprudencial.
1. Jurisprudencia Española.
1.1. Resolución del conflicto por el Tribunal Constitucional.
1.2. Resolución del conflicto por el Tribunal Supremo.
1.3. Pronunciamiento de los Tribunales Superiores de Justicia.
2. Jurisprudencia Europea.
IV. Consideraciones finales.
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En las sociedades occidentales culturalmente diversas como la nuestra, tienen presencia algunos grupos que muestran su oposición a recibir determinados tratamientos médicos por razones religiosas. Bajo el prisma del respeto a la autonomía del paciente, las cuestiones que vamos a plantear en este trabajo se centran en analizar si la negativa de la sanidad pública a practicar intervenciones conforme a las convicciones religiosas del paciente, en unos casos o, la denegación de la autorización de un Estado miembro de la Unión Europea para recibir asistencia transfronteriza, en otros casos, constituye un supuesto de denegación injustificada de asistencia y, por ende, daría lugar al correspondiente derecho al reintegro de los gastos ocasionados al recurrir a la medicina privada, en el primer supuesto, o a la compensación de las cantidades abonadas a los servicios de salud pública del país extranjero, en la segunda hipótesis. Junto a ello, trataremos de valorar si esta denegación representa una vulneración del derecho fundamental de libertad religiosa de estos pacientes, originando, en última instancia, una discriminación por motivos religiosos vetada tanto por nuestro ordenamiento jurídico como por el ordenamiento de la Unión Europea y por la normativa internacional.
I. Introducción.
II. El respeto a la autonomía del paciente en la prestación de los servicios sanitarios.
III. Un binomio en conflicto: asistencia sanitaria pública y convicciones religiosas.
IV. El reintegro de los gastos médicos a la luz de la legislación española y europea.
1. Análisis desde el ordenamiento jurídico español.
1.1. La asistencia sanitaria como un servicio público esencial.
1.2. Delimitación conceptual de la “denegación injustificada de asistencia sanitaria”.
1.3. La denegación injustificada de asistencia en la legislación española. 2. Análisis desde la normativa europea.
V. Valoración jurisprudencial.
1. Jurisprudencia Española.
1.1. Resolución del conflicto por el Tribunal Constitucional.
1.2. Resolución del conflicto por el Tribunal Supremo.
1.3. Pronunciamiento de los Tribunales Superiores de Justicia.
2. Jurisprudencia Europea.
IV. Consideraciones finales.