Copias sin limite
Algunas reflexiones sobre retro-irretroactividad de la ley penal. A propósito de las últimas reformas del Código Penal
El trabajo aborda desde una perspectiva crítica algunos aspectos de las últimas reformas penales que tienen significativa incidencia en la aplicación de la ley penal en el tiempo. En este sentido, lejos de presentar una cuestión pacífica, se ha reabierto vivamente la problemática que rodea al principio de irretroactividad de la ley penal y a la posibilidad de una aplicación retroactiva de la norma más favorable. De hecho, las modificaciones llevadas a cabo por la LO 7/2003 han sido calificadas por un importante sector doctrinal de claramente inconstitucionales, por vulnerar el contenido material de los arts. 9.3 y 25.1 de nuestro texto fundamental; de igual modo, el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite diversas cuestiones de inconstitucionalidad respecto de la Disposición Final 5.ª de la LO 15/2003, que pospone la entrada en vigor del art. 636.2 CP. En todo caso, la generosa amplitud que aparentemente formula el art. 2 CP está siendo sometida en los últimos tiempos a una interpretación en sede de restricción teleológica, especialmente por lo que afecta a las posibles transformaciones de la normativa extrapenal le sirve de complemento a las normas penales en blanco. Igualmente, el propio concepto de ley temporal es objeto de revisión conceptual.
1. Consideraciones generales en torno al principio de retroactividad de la Ley Penal más favorable.
2. Constitución, retroactividad y reformas penales de 2003.
2.1. La dudosa constitucionalidad de la Disposición Transitoria Única de la LO 7/2003, de 30 de junio.
2.2. La constitucionalidad de la Disposición Final 5.ª de la LO 15/2003, con respecto al art. 636 CP.
2.3. La reiteración de faltas homogéneas constitutiva de delito, según la LO 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros.
3. Irretroactividad, ley temporal y normas penales en blanco a la luz de la reforma de LO 15/2003, de 25 de noviembre.
- Formato: PDF
- Tamaño: 579 Kb.
El trabajo aborda desde una perspectiva crítica algunos aspectos de las últimas reformas penales que tienen significativa incidencia en la aplicación de la ley penal en el tiempo. En este sentido, lejos de presentar una cuestión pacífica, se ha reabierto vivamente la problemática que rodea al principio de irretroactividad de la ley penal y a la posibilidad de una aplicación retroactiva de la norma más favorable. De hecho, las modificaciones llevadas a cabo por la LO 7/2003 han sido calificadas por un importante sector doctrinal de claramente inconstitucionales, por vulnerar el contenido material de los arts. 9.3 y 25.1 de nuestro texto fundamental; de igual modo, el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite diversas cuestiones de inconstitucionalidad respecto de la Disposición Final 5.ª de la LO 15/2003, que pospone la entrada en vigor del art. 636.2 CP. En todo caso, la generosa amplitud que aparentemente formula el art. 2 CP está siendo sometida en los últimos tiempos a una interpretación en sede de restricción teleológica, especialmente por lo que afecta a las posibles transformaciones de la normativa extrapenal le sirve de complemento a las normas penales en blanco. Igualmente, el propio concepto de ley temporal es objeto de revisión conceptual.
1. Consideraciones generales en torno al principio de retroactividad de la Ley Penal más favorable.
2. Constitución, retroactividad y reformas penales de 2003.
2.1. La dudosa constitucionalidad de la Disposición Transitoria Única de la LO 7/2003, de 30 de junio.
2.2. La constitucionalidad de la Disposición Final 5.ª de la LO 15/2003, con respecto al art. 636 CP.
2.3. La reiteración de faltas homogéneas constitutiva de delito, según la LO 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros.
3. Irretroactividad, ley temporal y normas penales en blanco a la luz de la reforma de LO 15/2003, de 25 de noviembre.