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El ejercicio competencial de las Comunidades Autónomas en el Impuesto sobre sucesiones y donaciones: Un debate abierto
El análisis del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que se propone en el presente artículo, además de constituir una reflexión sobre su fundamento y alcance en el marco general del sistema tributario español vigente, pretende poner de manifiesto las especialidades que las diferentes Comunidades Autónomas de régimen común han establecido en su marco territorial, y que tienden, como se comprobará más adelante, a minorar el pago del Impuesto, fundamentalmente, dentro del núcleo familiar, integrado por los descendientes, ascendientes y cónyuges. [...]
I. Consideraciones generales.
II. Alcance y régimen jurídico de la cesión de competencias normativas en el impuesto sobre sucesiones y donaciones a las Comunidades Autónomas.
1. Competencias cedidas a las Comunidades Autónomas.
2. Reducciones de la base imponible.
3. Tarifa del Impuesto.
4. Cuantías y coeficientes del patrimonio preexistente.
5. Deducciones y bonificaciones de la cuota.
6. Aspectos de gestión y liquidación.
7. Alcance de la cesión y puntos de conexión.
III. Beneficios fiscales en la Ley 29/1987.
1. Reducciones en las adquisiciones "mortis causa".
2. Reducciones en las adquisiciones "inter vivos".
3. Incentivos fiscales por adquisición de explotaciones agrarias prioritarias.
IV. Beneficios fiscales establecidos por las Comunidades Autónomas.
1. Andalucía.
2. Aragón.
3. Asturias.
4. Baleares.
5. Canarias.
6. Cantabria.
7. Castilla-La Mancha.
8. Castilla y León.
9. Cataluña.
10. Extremadura.
11. Galicia.
12. La Rioja.
13. Madrid.
14. Región de Murcia.
15. Comunidad Valenciana.
IV. Consideraciones finales.
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El análisis del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que se propone en el presente artículo, además de constituir una reflexión sobre su fundamento y alcance en el marco general del sistema tributario español vigente, pretende poner de manifiesto las especialidades que las diferentes Comunidades Autónomas de régimen común han establecido en su marco territorial, y que tienden, como se comprobará más adelante, a minorar el pago del Impuesto, fundamentalmente, dentro del núcleo familiar, integrado por los descendientes, ascendientes y cónyuges. [...]
I. Consideraciones generales.
II. Alcance y régimen jurídico de la cesión de competencias normativas en el impuesto sobre sucesiones y donaciones a las Comunidades Autónomas.
1. Competencias cedidas a las Comunidades Autónomas.
2. Reducciones de la base imponible.
3. Tarifa del Impuesto.
4. Cuantías y coeficientes del patrimonio preexistente.
5. Deducciones y bonificaciones de la cuota.
6. Aspectos de gestión y liquidación.
7. Alcance de la cesión y puntos de conexión.
III. Beneficios fiscales en la Ley 29/1987.
1. Reducciones en las adquisiciones "mortis causa".
2. Reducciones en las adquisiciones "inter vivos".
3. Incentivos fiscales por adquisición de explotaciones agrarias prioritarias.
IV. Beneficios fiscales establecidos por las Comunidades Autónomas.
1. Andalucía.
2. Aragón.
3. Asturias.
4. Baleares.
5. Canarias.
6. Cantabria.
7. Castilla-La Mancha.
8. Castilla y León.
9. Cataluña.
10. Extremadura.
11. Galicia.
12. La Rioja.
13. Madrid.
14. Región de Murcia.
15. Comunidad Valenciana.
IV. Consideraciones finales.