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Las comunicaciones amicus curiae en el mecanismo de solución de diferencias de la organización mundial del comercio: el asunto amianto
A raíz de la adopción de los acuerdos de la Ronda Uruguay y de la creación de la Organización Mundial del Comercio, el sistema multilateral de comercio ha despertado un interés en la sociedad civil y, en particular, en las organizaciones no gubernamentales, desconocido por su predecesor, el GATT. Entre los factores que han motivado esta creciente atención pública al sistema multilateral de comercio, podemos mencionar la extensión del alcance de sus acuerdos a políticas nacionales fundadas en intereses tan legítimos como la protección del medio ambiente o la salud (véase el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, el Acuerdo sobre Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio o el Acuerdo sobre Barreras Técnicas al Comercio), y la instauración de un sistema de solución de diferencias vinculante, cuyas decisiones son adoptadas automáticamente por los Estados Miembros está motivando una creciente insatisfacción pública hacia el sistema multilateral de comercio. […]
1. Introducción.
2. Las comunicaciones amicus curiae en el mecanismo de solución de diferencias de la OMC.
2.1. Las comunicaciones “amicus curiae” en el procedimiento ante los grupos especiales.
2.2. Las comunicaciones “amicus curiae” en el procedimiento de apelación.
3. ¿Qué lugar para la figura del amicus curiae en el mecanismo de solución de diferencias de la OMC?: la ambigüedad del marco jurídico actual.
3.1. La escasa aceptación de la figura del amicus curiae entre los Miembros de la OMC.
3.2. El estatuto jurídico de las comunicaciones amicus curiae incorporadas formalmente a las alegaciones de las partes.
3.3. La cuestionada potestad de aceptar comunicaciones amicus curiae del Órgano de Apelación.
3.4. La ausencia de criterios uniformes para la aceptación y consideración de las comunicaciones amicus curiae en el marco del Mecanismo de Solución de Diferencias.
4. Algunas reflexiones en cuanto al contenido de unas eventuales reglas en materia de aceptación de comunicaciones amicus curiae.
4.1. Criterios sustantivos.
4.2. Criterios procesales.
5. Conclusiones
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A raíz de la adopción de los acuerdos de la Ronda Uruguay y de la creación de la Organización Mundial del Comercio, el sistema multilateral de comercio ha despertado un interés en la sociedad civil y, en particular, en las organizaciones no gubernamentales, desconocido por su predecesor, el GATT. Entre los factores que han motivado esta creciente atención pública al sistema multilateral de comercio, podemos mencionar la extensión del alcance de sus acuerdos a políticas nacionales fundadas en intereses tan legítimos como la protección del medio ambiente o la salud (véase el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, el Acuerdo sobre Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio o el Acuerdo sobre Barreras Técnicas al Comercio), y la instauración de un sistema de solución de diferencias vinculante, cuyas decisiones son adoptadas automáticamente por los Estados Miembros está motivando una creciente insatisfacción pública hacia el sistema multilateral de comercio. […]
1. Introducción.
2. Las comunicaciones amicus curiae en el mecanismo de solución de diferencias de la OMC.
2.1. Las comunicaciones “amicus curiae” en el procedimiento ante los grupos especiales.
2.2. Las comunicaciones “amicus curiae” en el procedimiento de apelación.
3. ¿Qué lugar para la figura del amicus curiae en el mecanismo de solución de diferencias de la OMC?: la ambigüedad del marco jurídico actual.
3.1. La escasa aceptación de la figura del amicus curiae entre los Miembros de la OMC.
3.2. El estatuto jurídico de las comunicaciones amicus curiae incorporadas formalmente a las alegaciones de las partes.
3.3. La cuestionada potestad de aceptar comunicaciones amicus curiae del Órgano de Apelación.
3.4. La ausencia de criterios uniformes para la aceptación y consideración de las comunicaciones amicus curiae en el marco del Mecanismo de Solución de Diferencias.
4. Algunas reflexiones en cuanto al contenido de unas eventuales reglas en materia de aceptación de comunicaciones amicus curiae.
4.1. Criterios sustantivos.
4.2. Criterios procesales.
5. Conclusiones