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Un nuevo convenio anti-terrorista para Europa
Tras los graves atentados terroristas cometidos en los Estados Unidos de América el 11 de septiembre del 2001, la respuesta del Consejo de Europa ha sido firme e inmediata. En su declaración del 12 de septiembre del 2001, el Comité de Ministros condenó inmediatamente «con la más extrema firmeza los ataques terroristas» cometidos contra el pueblo americano. Del mismo modo la Asamblea parlamentaria del Consejo de Europa condenó « en los términos más fuertes posibles estos actos terroristas barbáricos » y aprobó dos textos importantes sobre las democracias frente al terrorismo. La Asamblea subrayó, que «estos ataques han mostrado claramente el verdadero rostro del terrorismo y la necesidad de un nuevo tipo de reacción» y formuló una serie de sugerencias importantes con vistas a reforzar la lucha internacional contra el terrorismo. [...]
I. Introducción.
II. Consideraciones generales.
III. Consideraciones particulares.
A) El régimen de reservas.
B) Mecanismos de resolución de litigios y de seguimiento del convenio.
C) Mecanismos de revisión del Convenio.
D) cláusulas finales.
IV. Conclusión.
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Tras los graves atentados terroristas cometidos en los Estados Unidos de América el 11 de septiembre del 2001, la respuesta del Consejo de Europa ha sido firme e inmediata. En su declaración del 12 de septiembre del 2001, el Comité de Ministros condenó inmediatamente «con la más extrema firmeza los ataques terroristas» cometidos contra el pueblo americano. Del mismo modo la Asamblea parlamentaria del Consejo de Europa condenó « en los términos más fuertes posibles estos actos terroristas barbáricos » y aprobó dos textos importantes sobre las democracias frente al terrorismo. La Asamblea subrayó, que «estos ataques han mostrado claramente el verdadero rostro del terrorismo y la necesidad de un nuevo tipo de reacción» y formuló una serie de sugerencias importantes con vistas a reforzar la lucha internacional contra el terrorismo. [...]
I. Introducción.
II. Consideraciones generales.
III. Consideraciones particulares.
A) El régimen de reservas.
B) Mecanismos de resolución de litigios y de seguimiento del convenio.
C) Mecanismos de revisión del Convenio.
D) cláusulas finales.
IV. Conclusión.