Copias sin limite
Un paso más en la constitucionalización del tercer pilar de la Unión Europea La sentencia Maria Pupino y el efecto directo de las decisiones marco
La Sentencia Maria Pupino (C-105/03), dictada por el Tribunal de Justicia el 16 de junio de 2005, ha supuesto un importante avance en la gradual constitucionalización del Derecho de la Unión Europea. No sólo ha reforzado el carácter normativo del sistema de actos del Tercer Pilar, sino que también ha fortalecido el deber de cooperación leal de los Estados miembros, sea cual sea el ámbito de actuación de las Instituciones europeas. El asunto aborda el carácter normativo de las Decisiones Marco, previstas como actos de las Instituciones en el Tercer Pilar, cuando sus contenidos pueden tener consecuencias interpretativas en la resolución de un caso ante los Tribunales nacionales. El Tribunal tuvo en cuenta que el artículo 34.2.b) del Tratado de la Unión Europea veda el efecto directo de las Decisiones Marco, pero, siguiendo su línea jurisprudencial en materia de Directivas con efectos inter privatos, reconoció que las Decisiones Marco pueden generar efectos interpretativos que condicionen el resultado de un caso concreto. Como se verá a continuación, el reconocimiento de este efecto conlleva, prácticamente, la aplicabilidad de la Decisión Marco y su invocación allá donde el legislador nacional haya guardado silencio o dejado un margen de maniobra interpretativa. [...]
I. Introducción.
II. La Sentencia Maria Pupino: hechos, argumentación y fallo.
III. Los “efectos colaterales” de las decisiones marco a partir de la Sentencia Maria Pupino: el efecto directo horizontal y la obligación de interpretación conforme.
IV. Los horizontes a partir de Maria Pupino.
V. Un alto en el camino, antes de llamar a las puertas del Tribunal Constitucional.
VI. El Tribunal Constitucional ante el sistema de actos del Tercer Pilar.
VII. Conclusiones.
- Formato: PDF
- Tamaño: 330 Kb.
La Sentencia Maria Pupino (C-105/03), dictada por el Tribunal de Justicia el 16 de junio de 2005, ha supuesto un importante avance en la gradual constitucionalización del Derecho de la Unión Europea. No sólo ha reforzado el carácter normativo del sistema de actos del Tercer Pilar, sino que también ha fortalecido el deber de cooperación leal de los Estados miembros, sea cual sea el ámbito de actuación de las Instituciones europeas. El asunto aborda el carácter normativo de las Decisiones Marco, previstas como actos de las Instituciones en el Tercer Pilar, cuando sus contenidos pueden tener consecuencias interpretativas en la resolución de un caso ante los Tribunales nacionales. El Tribunal tuvo en cuenta que el artículo 34.2.b) del Tratado de la Unión Europea veda el efecto directo de las Decisiones Marco, pero, siguiendo su línea jurisprudencial en materia de Directivas con efectos inter privatos, reconoció que las Decisiones Marco pueden generar efectos interpretativos que condicionen el resultado de un caso concreto. Como se verá a continuación, el reconocimiento de este efecto conlleva, prácticamente, la aplicabilidad de la Decisión Marco y su invocación allá donde el legislador nacional haya guardado silencio o dejado un margen de maniobra interpretativa. [...]
I. Introducción.
II. La Sentencia Maria Pupino: hechos, argumentación y fallo.
III. Los “efectos colaterales” de las decisiones marco a partir de la Sentencia Maria Pupino: el efecto directo horizontal y la obligación de interpretación conforme.
IV. Los horizontes a partir de Maria Pupino.
V. Un alto en el camino, antes de llamar a las puertas del Tribunal Constitucional.
VI. El Tribunal Constitucional ante el sistema de actos del Tercer Pilar.
VII. Conclusiones.