Diccionario panhispánico del español jurídico

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La competencia de la jurisdicción canadiense en materia de crímenes de Derecho internacional: el trayecto hacia un refugio inseguro

por Torroja Mateu, Helena

Artículo
ISSN: 1697-5197
Ver otros artículos del mismo número: Número 11. Junio 2006

En el momento actual, en el que en España parecen abrirse las puertas a una jurisdicción universal en materia de crímenes de derecho internacional, resulta de interés científico conocer las experiencias de otros Estados. Aquí se presenta el caso de Canadá, país cuya particular trayectoria en la materia ha merecido la calificación de made in Canada solution. A diferencia nuestra, Canadá tiene una historia social, política y jurídica en este ámbito marcada por la entrada en el país de numerosos criminales nazis tras la Segunda Guerra Mundial. Entonces y por algunos años, del país pudo decirse que era un “refugio seguro” para aquellos individuos que hubieran cometido dichos crímenes. Tales fueron las críticas y denuncias que en múltiples ocasiones, el Gobierno canadiense se vio compelido a declarar públicamente lo que hoy sigue afirmando cada vez que presenta su Programa anual sobre Crímenes de Guerra: “The policy of the Government of Canada is unequivocal. Canada will not be a safe haven for persons involved in war crimes, crimes against humanity or other reprehensible acts”. Que Canadá no sea hoy un refugio seguro para tales criminales es una afirmación que ha de corroborarse no sólo con un análisis de su legislación, sino también con el estudio de las políticas criminales de la fiscalía y la práctica de los tribunales. Lo que sí puede afirmarse a priori es el empeño de este país por lograr que no lo sea a lo largo de una trayectoria iniciada a mediados de los años setenta y que perdura hasta nuestros días. [...]

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. Del final de la segunda guerra mundial al caso R. v. Finta.
1. El problema de la presencia de criminales nazis en Canadá.
2. La reforma del Código Penal de 1987.
3. El fin de la estrategia de la represión judicial: el caso R. v. Finta.
III. Del Estatuto de Roma a la Ley de Crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra de 2000.
1. Canadá ante la justicia internacional penal.
2. La Ley de Crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra de 2000: aspectos generales, competencia y jurisdicción.
IV. Consideraciones finales.


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En el momento actual, en el que en España parecen abrirse las puertas a una jurisdicción universal en materia de crímenes de derecho internacional, resulta de interés científico conocer las experiencias de otros Estados. Aquí se presenta el caso de Canadá, país cuya particular trayectoria en la materia ha merecido la calificación de made in Canada solution. A diferencia nuestra, Canadá tiene una historia social, política y jurídica en este ámbito marcada por la entrada en el país de numerosos criminales nazis tras la Segunda Guerra Mundial. Entonces y por algunos años, del país pudo decirse que era un “refugio seguro” para aquellos individuos que hubieran cometido dichos crímenes. Tales fueron las críticas y denuncias que en múltiples ocasiones, el Gobierno canadiense se vio compelido a declarar públicamente lo que hoy sigue afirmando cada vez que presenta su Programa anual sobre Crímenes de Guerra: “The policy of the Government of Canada is unequivocal. Canada will not be a safe haven for persons involved in war crimes, crimes against humanity or other reprehensible acts”. Que Canadá no sea hoy un refugio seguro para tales criminales es una afirmación que ha de corroborarse no sólo con un análisis de su legislación, sino también con el estudio de las políticas criminales de la fiscalía y la práctica de los tribunales. Lo que sí puede afirmarse a priori es el empeño de este país por lograr que no lo sea a lo largo de una trayectoria iniciada a mediados de los años setenta y que perdura hasta nuestros días. [...]

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I. Introducción.
II. Del final de la segunda guerra mundial al caso R. v. Finta.
1. El problema de la presencia de criminales nazis en Canadá.
2. La reforma del Código Penal de 1987.
3. El fin de la estrategia de la represión judicial: el caso R. v. Finta.
III. Del Estatuto de Roma a la Ley de Crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra de 2000.
1. Canadá ante la justicia internacional penal.
2. La Ley de Crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra de 2000: aspectos generales, competencia y jurisdicción.
IV. Consideraciones finales.


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