Diccionario panhispánico del español jurídico

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El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: un análisis preliminar

por Ochoa Ruiz, Natalia

Artículo
ISSN: 1697-5197
Otros Autores: Salamanca Aguado, Esther
Ver otros artículos del mismo número: Número 12. Diciembre 2006

En sus informes presentados ante la Asamblea para el Seguimiento de la Cumbre del Milenio, celebrada en Nueva York entre el 14 y el 16 de septiembre de 2005, el Secretario General de las Naciones Unidas, KOFI ANNAN, propuso a los Estados miembros una reforma en profundidad de la Organización mundial, que incluía la creación de un nuevo órgano, el Consejo de Derechos Humanos1. Partiendo de la estrecha vinculación que existe entre la paz y la seguridad, el desarrollo y la protección de los derechos humanos, el Secretario General promovía que en las Naciones Unidas se establecieran tres Consejos con un poder equilibrado, encargados, respectivamente, de la paz y la seguridad internacionales; las cuestiones económicas y sociales, y los derechos humanos. Los dos primeros Consejos, que se corresponderían, respectivamente, con el Consejo de Seguridad y el ECOSOC, deberían, a su juicio, ser fortalecidos. [...]

Tabla de Contenidos

I. Antecedentes.
II. Naturaleza, composición, períodos de sesiones y métodos de trabajo.
III. Mandato. El principio de subsidiariedad en el derecho internacional de los derechos humanos.
IV. Valoración final.


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En sus informes presentados ante la Asamblea para el Seguimiento de la Cumbre del Milenio, celebrada en Nueva York entre el 14 y el 16 de septiembre de 2005, el Secretario General de las Naciones Unidas, KOFI ANNAN, propuso a los Estados miembros una reforma en profundidad de la Organización mundial, que incluía la creación de un nuevo órgano, el Consejo de Derechos Humanos1. Partiendo de la estrecha vinculación que existe entre la paz y la seguridad, el desarrollo y la protección de los derechos humanos, el Secretario General promovía que en las Naciones Unidas se establecieran tres Consejos con un poder equilibrado, encargados, respectivamente, de la paz y la seguridad internacionales; las cuestiones económicas y sociales, y los derechos humanos. Los dos primeros Consejos, que se corresponderían, respectivamente, con el Consejo de Seguridad y el ECOSOC, deberían, a su juicio, ser fortalecidos. [...]

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I. Antecedentes.
II. Naturaleza, composición, períodos de sesiones y métodos de trabajo.
III. Mandato. El principio de subsidiariedad en el derecho internacional de los derechos humanos.
IV. Valoración final.


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