Diccionario panhispánico del español jurídico

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La evolución del Derecho del mar desde el punto de vista de un mar semicerrado como el Mediterráneo

por González Giménez, Jesús

Artículo
ISSN: 1697-5197
Ver otros artículos del mismo número: Número 14. Diciembre 2007

El mar Mediterráneo está condicionado por su peculiar configuración física, destacando notablemente el hecho de constituir una cuenca marítima semicerrada. Puede que para un especialista en otras disciplinas científicas esta última afirmación resulte controvertida, discutible y hasta aventurada, pero, para un jurista, con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 (en adelante, CNUDM) en la mano, se trata de una conclusión inevitable. En cualquier caso, no hay que preocuparse excesivamente por esta potencial asimetría, pues, al fin y al cabo, el derecho del mar cada vez utiliza con mayor ahínco factores y elementos técnicos, pero, como rama del derecho internacional público que es, no deja de ser el fruto de la concertación de las voluntades estatales, perfectamente capaces de sacrificar el rigor científico en el altar de sus propios intereses. […]

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. La incidencia del Mediterráneo en la evolución del derecho del mar anterior a la CNUDM.
III. El fenómeno de los «Mediterráneos» según la CNUDM.
IV. La calificación del Mediterráneo como mar semicerrado.
V. ¿Ha creado la CNUDM un régimen jurídico adecuado para el Mediterráneo?


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El mar Mediterráneo está condicionado por su peculiar configuración física, destacando notablemente el hecho de constituir una cuenca marítima semicerrada. Puede que para un especialista en otras disciplinas científicas esta última afirmación resulte controvertida, discutible y hasta aventurada, pero, para un jurista, con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 (en adelante, CNUDM) en la mano, se trata de una conclusión inevitable. En cualquier caso, no hay que preocuparse excesivamente por esta potencial asimetría, pues, al fin y al cabo, el derecho del mar cada vez utiliza con mayor ahínco factores y elementos técnicos, pero, como rama del derecho internacional público que es, no deja de ser el fruto de la concertación de las voluntades estatales, perfectamente capaces de sacrificar el rigor científico en el altar de sus propios intereses. […]

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I. Introducción.
II. La incidencia del Mediterráneo en la evolución del derecho del mar anterior a la CNUDM.
III. El fenómeno de los «Mediterráneos» según la CNUDM.
IV. La calificación del Mediterráneo como mar semicerrado.
V. ¿Ha creado la CNUDM un régimen jurídico adecuado para el Mediterráneo?


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