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Las normas de competencia judicial internacional del Reglamento 1215/2012 y los demandados domiciliados fuera de la UE: Análisis de la reforma
Uno de los objetivos clave en el proceso de revisión del Reglamento 44/2001 era mejorar su funcionamiento a nivel internacional, con la extensión de aplication de las normas de competencia judicial internacional a los demandados domiciliados en terceros países. Se pretendía sustituir por completo el papel subsidiario de las normas nacionales. Sin embargo, el Reglamento 1215/2012 se ha quedado a medio camino, extendiendo el ámbito de aplicación de sólo algunas de sus normas. En el presente trabajo se analizan los problemas interpretativos que ello puede generar, así como el impacto que tiene en nuestro sistema de competencia judicial internacional.
I. Introducción.
II. Referencia al contexto en que se planteó la extensión de las normas de competencia judicial internacional a los demandados domiciliados en terceros países.
III. Presentación de los cambios que se introducían en la propuesta de la comisión.
IV. Análisis de la reforma introducida por el Reglamento 1215/2012.
V. La aplicación subsidiaria de las normas nacionales de competencia judicial internacional.
VI. Conclusiones.
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Uno de los objetivos clave en el proceso de revisión del Reglamento 44/2001 era mejorar su funcionamiento a nivel internacional, con la extensión de aplication de las normas de competencia judicial internacional a los demandados domiciliados en terceros países. Se pretendía sustituir por completo el papel subsidiario de las normas nacionales. Sin embargo, el Reglamento 1215/2012 se ha quedado a medio camino, extendiendo el ámbito de aplicación de sólo algunas de sus normas. En el presente trabajo se analizan los problemas interpretativos que ello puede generar, así como el impacto que tiene en nuestro sistema de competencia judicial internacional.
I. Introducción.
II. Referencia al contexto en que se planteó la extensión de las normas de competencia judicial internacional a los demandados domiciliados en terceros países.
III. Presentación de los cambios que se introducían en la propuesta de la comisión.
IV. Análisis de la reforma introducida por el Reglamento 1215/2012.
V. La aplicación subsidiaria de las normas nacionales de competencia judicial internacional.
VI. Conclusiones.