Diccionario panhispánico del español jurídico

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La recepción de la jurisprudencia de la CIJ en las decisiones de los tribunales del CIADI Especial referencia a las cuestiones de jurisdicción

por Requena Casanova, Millán

Artículo
ISSN: 1697-5197
Ver otros artículos del mismo número: Número 30. Diciembre 2015

El impacto que tiene la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el contexto del arbitraje de inversión es una cuestión que no ha sido suficientemente abordada por la doctrina, sobre todo en relación con aquellos subsistemas de solución de controversias especializados que suelen identificarse como régimen autónomo o especial, como es el caso del sistema arbitral establecido al amparo del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI). Este trabajo se centra en el estudio de la forma en que los tribunales arbitrales del CIADI han tenido en cuenta la jurisprudencia de la CIJ al conocer de cuestiones procedimentales o de jurisdicción, utilizando con frecuencia las decisiones de este órgano judicial en el proceso de interpretación y aplicación de las disposiciones que rigen la solución de controversias inversor-Estado, siempre conforme aquellas normas y principios de naturaleza sistémica, como es el principio del consentimiento del Estado a la jurisdicción internacional. Asimismo, la dimensión institucional de los tribunales arbitrales del CIADI es un factor que puede contribuir a la consolidación de cierta “jurisprudencia constante” en el arbitraje de inversiones, al menos en aquellas cuestiones procedimentales o de jurisdicción lato sensu.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. La (in) existencia del precedente arbitral.
III. La invocación de las cuestiones de jurisdicción como límite del consentimiento del estado al arbitraje de inversión.
IV. Límites del consentimiento al arbitraje de inversión a través de la Cláusula de Nación más Favorecida (NMF).
V. La jurisdicción cautelar de los tribunales arbitrales del CIADI: efectos y requisitos para adoptar medidas provisionales.
VI. Consideraciones finales.


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El impacto que tiene la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el contexto del arbitraje de inversión es una cuestión que no ha sido suficientemente abordada por la doctrina, sobre todo en relación con aquellos subsistemas de solución de controversias especializados que suelen identificarse como régimen autónomo o especial, como es el caso del sistema arbitral establecido al amparo del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI). Este trabajo se centra en el estudio de la forma en que los tribunales arbitrales del CIADI han tenido en cuenta la jurisprudencia de la CIJ al conocer de cuestiones procedimentales o de jurisdicción, utilizando con frecuencia las decisiones de este órgano judicial en el proceso de interpretación y aplicación de las disposiciones que rigen la solución de controversias inversor-Estado, siempre conforme aquellas normas y principios de naturaleza sistémica, como es el principio del consentimiento del Estado a la jurisdicción internacional. Asimismo, la dimensión institucional de los tribunales arbitrales del CIADI es un factor que puede contribuir a la consolidación de cierta “jurisprudencia constante” en el arbitraje de inversiones, al menos en aquellas cuestiones procedimentales o de jurisdicción lato sensu.

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I. Introducción.
II. La (in) existencia del precedente arbitral.
III. La invocación de las cuestiones de jurisdicción como límite del consentimiento del estado al arbitraje de inversión.
IV. Límites del consentimiento al arbitraje de inversión a través de la Cláusula de Nación más Favorecida (NMF).
V. La jurisdicción cautelar de los tribunales arbitrales del CIADI: efectos y requisitos para adoptar medidas provisionales.
VI. Consideraciones finales.


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