Diccionario panhispánico del español jurídico

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La aplicación del derecho extranjero, la cláusula de excepción y el reenvío en el Derecho Internacional Privado argentino: Un trinomio pragmático

por Baltar, Leandro

Artículo
ISSN: 1697-5197
Otros Autores: Scotti, Luciana Beatriz
Ver otros artículos del mismo número: Número 36. Diciembre 2018

La incorporación en el Código Civil y Comercial de la Nación de un título dedicado a las disposiciones de Derecho Internacional Privado implicó un cambio para Argentina. Ante una incompleta sistematización de las normas destinadas a regular relaciones jurídicas con elementos extranjeros nos vemos en la obligación de volver a interpretar las soluciones de hoy. Contamos, ahora, con disposiciones dedicadas a la parte general imponiendo nuevos desafíos y superando viejos problemas. La recepción del reenvío junto a una nueva visión en cuanto al tratamiento del derecho foráneo se nos abre como un nuevo camino esperado por muchos. Esta regulación debe ser interpretada juntamente con la novedosa incorporación de la “cláusula de excepción” como mecanismo de flexibilización del sistema conflictual argentino donde, juntos, se convierten en “amigos” que funcionan de un modo peculiar.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. Las nuevas disposiciones generales en el DIPR argentino.
III. ¿Un trinomio pragmático? IV. Hacia la flexibilización del derecho internacional privado argentino: ¿nuevo paradigma? V. ¿El DIPR argentino en búsqueda de la justicia material? VI. Palabras finales.


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La incorporación en el Código Civil y Comercial de la Nación de un título dedicado a las disposiciones de Derecho Internacional Privado implicó un cambio para Argentina. Ante una incompleta sistematización de las normas destinadas a regular relaciones jurídicas con elementos extranjeros nos vemos en la obligación de volver a interpretar las soluciones de hoy. Contamos, ahora, con disposiciones dedicadas a la parte general imponiendo nuevos desafíos y superando viejos problemas. La recepción del reenvío junto a una nueva visión en cuanto al tratamiento del derecho foráneo se nos abre como un nuevo camino esperado por muchos. Esta regulación debe ser interpretada juntamente con la novedosa incorporación de la “cláusula de excepción” como mecanismo de flexibilización del sistema conflictual argentino donde, juntos, se convierten en “amigos” que funcionan de un modo peculiar.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. Las nuevas disposiciones generales en el DIPR argentino.
III. ¿Un trinomio pragmático? IV. Hacia la flexibilización del derecho internacional privado argentino: ¿nuevo paradigma? V. ¿El DIPR argentino en búsqueda de la justicia material? VI. Palabras finales.


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