Diccionario panhispánico del español jurídico

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El agua en España: un análisis de las recientes reformas estatutarias desde el Derecho Internacional

por Aura y Larios de Medrano, Adela Magdalena

Artículo
ISSN: 0212-0747
Pamplona Universidad de Navarra 2007
Ver otros artículos del mismo número: Número 23, 2007
Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN.
II. EL OBJETO DE REGULACIÓN.
1. Las nociones de “curso de agua” y “cuenca”.
2. La regulación diferenciada del uso de los ríos “para la navegación”.
III. LOS USOS DISTINTOS A LA NAVEGACIÓN DE LOS CURSOS DE AGUA INTERNACIONALES: SU RÉGIMEN NORMATIVO GENERAL.
IV. EL PRINCIPIO DE LA UTILIZACIÓN EQUITATIVA Y RAZONABLE Y LA DOCTRINA NORTEAMERICANA DE LA PARTICIPACIÓN EQUITATIVA.
1. El principio internacional.
2. La doctrina de la Corte Suprema de los Estados Unidos.
V. LASITUACIÓN EN ESPAÑA.
1. La Constitución Española de 1978 y la doctrina del Tribunal Constitucional: la distinción entre cuencas “intracomunitarias” e “intercomunitarias”.
2. La paralizada reforma de la Ley de Aguas.
3. Los acuerdos entre Comunidades Autónomas.
4. La competencia andaluza sobre el Guadalquivir.
5. La propuesta de Castilla y León para el Duero.
VI. LA PARTICIPACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN LA PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA ESTATAL.
1. Disposiciones estatutarias de carácter general.
2. Los informes preceptivos estatutariamente exigidos ante la previsión estatal de un trasvase.
3. Los informes preceptivos y los deberes internacionales de notificar y negociar.
4. La propuesta de Castilla-La Mancha: el informe determinante.
VII. EL USO DELAGUA PARA EL CONSUMO HUMANO.
1. La necesidad de garantizar el suministro y el Derecho Internacional.
2. El “derecho al agua” de los Estatutos de Autonomía y la Observación General 15 al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
3. La paralizada reforma de la Ley de Aguas.
4. El derecho al agua y los trasvases.
VIII. LA NOCIÓN DE SOSTENIBILIDAD.
1. Los Estatutos de Autonomía y la Conferencia de Río.
2. Su relación con los trasvases.
IX. CONCLUSIONES.
X. ANEXO.
1. Comunidad Valenciana.
2. Cataluña.
3. Illes Balears.
4. Andalucía.
5. Aragón.
6. Procedimientos abiertos:
A. Canarias.
B. Castilla y León.
C. Castilla-La Mancha.


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Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN.
II. EL OBJETO DE REGULACIÓN.
1. Las nociones de “curso de agua” y “cuenca”.
2. La regulación diferenciada del uso de los ríos “para la navegación”.
III. LOS USOS DISTINTOS A LA NAVEGACIÓN DE LOS CURSOS DE AGUA INTERNACIONALES: SU RÉGIMEN NORMATIVO GENERAL.
IV. EL PRINCIPIO DE LA UTILIZACIÓN EQUITATIVA Y RAZONABLE Y LA DOCTRINA NORTEAMERICANA DE LA PARTICIPACIÓN EQUITATIVA.
1. El principio internacional.
2. La doctrina de la Corte Suprema de los Estados Unidos.
V. LASITUACIÓN EN ESPAÑA.
1. La Constitución Española de 1978 y la doctrina del Tribunal Constitucional: la distinción entre cuencas “intracomunitarias” e “intercomunitarias”.
2. La paralizada reforma de la Ley de Aguas.
3. Los acuerdos entre Comunidades Autónomas.
4. La competencia andaluza sobre el Guadalquivir.
5. La propuesta de Castilla y León para el Duero.
VI. LA PARTICIPACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN LA PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA ESTATAL.
1. Disposiciones estatutarias de carácter general.
2. Los informes preceptivos estatutariamente exigidos ante la previsión estatal de un trasvase.
3. Los informes preceptivos y los deberes internacionales de notificar y negociar.
4. La propuesta de Castilla-La Mancha: el informe determinante.
VII. EL USO DELAGUA PARA EL CONSUMO HUMANO.
1. La necesidad de garantizar el suministro y el Derecho Internacional.
2. El “derecho al agua” de los Estatutos de Autonomía y la Observación General 15 al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
3. La paralizada reforma de la Ley de Aguas.
4. El derecho al agua y los trasvases.
VIII. LA NOCIÓN DE SOSTENIBILIDAD.
1. Los Estatutos de Autonomía y la Conferencia de Río.
2. Su relación con los trasvases.
IX. CONCLUSIONES.
X. ANEXO.
1. Comunidad Valenciana.
2. Cataluña.
3. Illes Balears.
4. Andalucía.
5. Aragón.
6. Procedimientos abiertos:
A. Canarias.
B. Castilla y León.
C. Castilla-La Mancha.


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