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La política de los derechos y las libertades en las reformas del sistema interamericano
Este estudio pretende arrojar luz sobre ciertos elementos críticos del debate jurídico-político impulsado por el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA), con los diversos actores del sistema interamericano de protección de los derechos humanos (SIDH), con el propósito de «fortalecer» (o todo lo contrario, limitar) el trabajo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). La necesidad de responder a la demanda creciente de tutela de derechos individuales y colectivos ante graves violaciones a los derechos en democracias «imperfectas» o «de baja intensidad» requiere la preservación y desarrollo de la función tutelar de la CIDH. Este estudio a resultas del proceso de reforma del sistema judicial interamericano en la última década, en buena medida reflejo del proceso de reflexión, gira en torno a tres ejes nucleares. Primero, el mantenimiento de los principios que se derivan del espíritu de la Convención Americana de Derechos Humanos de 1969 (CADH) y de la jurisprudencia existente en el SIDH: principio pro persona, interpretación dinámica, efectividad, universalidad, igualdad de armas y seguridad jurídica, procedimiento contradictorio, inmediatez de la prueba, acceso gratuito a la justicia, simplicidad, economía procesal e informalidad. Segundo, la mejora del sistema de peticiones y casos. Tercero, el refuerzo de las medidas cautelares. En suma, con esta reforma, en la que afloran los intereses políticos sobre la técnica jurídica, se pretende contribuir a 1) una efectiva protección y promoción de los derechos humanos, 2) mayor acceso de las personas y colectivos más excluidos al SIDH, así como 3) aumentar la eficacia de la CIDH en la tutela de derechos y libertades.
I. INTRODUCCIÓN.
II. ¿PERVIVENCIA REFORZADA DE PRINCIPIOS ESENCIALES?
1. Acceso efectivo de las víctimas al SIDH.
2. Universalidad y efectividad.
3. Independencia y autonomía de la CIDH.
III. ¿FORTALECIENDO EL SISTEMA DE PETICIONES Y CASOS?
1. En las peticiones.
2. En el orden cronológico del análisis de las peticiones.
3. En la admisibilidad y la acumulación de la admisibilidad y el fondo.
4. En los plazos.
5. En el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por la CIDH.
IV. ... ¿Y LAS MEDIDAS CAUTELARES?
1. En la solicitud de medidas cautelares.
2. En la precisión en los criterios para la concesión de medidas cautelares.
3. En la comunicación y motivación.
4. En la mejora de la vigencia de las medidas cautelares.
V. A MODO DE CONCLUSIÓN.
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Este estudio pretende arrojar luz sobre ciertos elementos críticos del debate jurídico-político impulsado por el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA), con los diversos actores del sistema interamericano de protección de los derechos humanos (SIDH), con el propósito de «fortalecer» (o todo lo contrario, limitar) el trabajo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). La necesidad de responder a la demanda creciente de tutela de derechos individuales y colectivos ante graves violaciones a los derechos en democracias «imperfectas» o «de baja intensidad» requiere la preservación y desarrollo de la función tutelar de la CIDH. Este estudio a resultas del proceso de reforma del sistema judicial interamericano en la última década, en buena medida reflejo del proceso de reflexión, gira en torno a tres ejes nucleares. Primero, el mantenimiento de los principios que se derivan del espíritu de la Convención Americana de Derechos Humanos de 1969 (CADH) y de la jurisprudencia existente en el SIDH: principio pro persona, interpretación dinámica, efectividad, universalidad, igualdad de armas y seguridad jurídica, procedimiento contradictorio, inmediatez de la prueba, acceso gratuito a la justicia, simplicidad, economía procesal e informalidad. Segundo, la mejora del sistema de peticiones y casos. Tercero, el refuerzo de las medidas cautelares. En suma, con esta reforma, en la que afloran los intereses políticos sobre la técnica jurídica, se pretende contribuir a 1) una efectiva protección y promoción de los derechos humanos, 2) mayor acceso de las personas y colectivos más excluidos al SIDH, así como 3) aumentar la eficacia de la CIDH en la tutela de derechos y libertades.
I. INTRODUCCIÓN.
II. ¿PERVIVENCIA REFORZADA DE PRINCIPIOS ESENCIALES?
1. Acceso efectivo de las víctimas al SIDH.
2. Universalidad y efectividad.
3. Independencia y autonomía de la CIDH.
III. ¿FORTALECIENDO EL SISTEMA DE PETICIONES Y CASOS?
1. En las peticiones.
2. En el orden cronológico del análisis de las peticiones.
3. En la admisibilidad y la acumulación de la admisibilidad y el fondo.
4. En los plazos.
5. En el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por la CIDH.
IV. ... ¿Y LAS MEDIDAS CAUTELARES?
1. En la solicitud de medidas cautelares.
2. En la precisión en los criterios para la concesión de medidas cautelares.
3. En la comunicación y motivación.
4. En la mejora de la vigencia de las medidas cautelares.
V. A MODO DE CONCLUSIÓN.