Diccionario panhispánico del español jurídico

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La obligación de negociar el desarme nuclear: ¿un objetivo judicialmente incontrolable?

por Andrés Sáenz de Santa María, Paz

Artículo
ISSN: 0212-0747
Pamplona Universidad de Navarra 2018
Ver otros artículos del mismo número: Número 34, 2018

Un sector del Derecho internacional ampliamente cultivado por los profesores Bermejo García y Gutiérrez Espada es sin duda el del mantenimiento de la paz; sus discípulos han asumido también esta línea de investigación, de forma que el conjunto de sus contribuciones conforma un relevante cuerpo doctrinal. Compartiendo con ellos el interés por esta dimensión, pretendo ofrecer a continuación unas reflexiones sobre algunas cuestiones actuales relacionadas con el desarme nuclear, desde la convicción de su vital importancia para la paz y la seguridad internacionales. […]

Tabla de Contenidos

1. El punto de partida: el art. VI del Tratado sobre la no proliferación de armas nucleares y su interpretación por la Corte Internacional de Justicia.
2. La obligación de negociar el desarme nuclear y la doctrina del Oro amonedado.
3. La naturaleza de la obligación de negociar el desarme nuclear y los límites de la función judicial: ¿aplaudir con una sola mano?
4. Una vez más, de maximis non curat praetor.
5. Epílogo: el Tratado sobre la prohibición de las armas nucleares y las ausencias significativas.


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Un sector del Derecho internacional ampliamente cultivado por los profesores Bermejo García y Gutiérrez Espada es sin duda el del mantenimiento de la paz; sus discípulos han asumido también esta línea de investigación, de forma que el conjunto de sus contribuciones conforma un relevante cuerpo doctrinal. Compartiendo con ellos el interés por esta dimensión, pretendo ofrecer a continuación unas reflexiones sobre algunas cuestiones actuales relacionadas con el desarme nuclear, desde la convicción de su vital importancia para la paz y la seguridad internacionales. […]

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1. El punto de partida: el art. VI del Tratado sobre la no proliferación de armas nucleares y su interpretación por la Corte Internacional de Justicia.
2. La obligación de negociar el desarme nuclear y la doctrina del Oro amonedado.
3. La naturaleza de la obligación de negociar el desarme nuclear y los límites de la función judicial: ¿aplaudir con una sola mano?
4. Una vez más, de maximis non curat praetor.
5. Epílogo: el Tratado sobre la prohibición de las armas nucleares y las ausencias significativas.


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