Diccionario panhispánico del español jurídico

La responsabilidad civil del menor derivada del ilícito penal: análisis del artículo 61.3º de la Ley 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal del menor

por Núñez Zorrilla, María del Carmen

Artículo
ISSN: 0210-301X
Otros Autores: Ministerio de Justicia
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Tabla de Contenidos

1. El tránsito de una responsabilidad civil subsidiaria y subjetiva hacia una responsabilidad solidaria y objetiva.-2. La modificación del límite mínimo de edad penal: el menor infractor.-3. La actuación legislativa de la Comunidad Autónoma de Cataluña en el marco de la responsabilidad del menor: 3.1 La Ley 27/2001, de 31 de diciembre, de justicia juvenil. 3.2 La Ley 8/2002, de 27 de mayo, de modificación de la Ley 37/1991, de 30 de diciembre, sobre medidas de protección de los menores desamparados y de la adopción, y de regulación de la atención especial a los adolescentes con conductas de alto riesgo social. 3.3 La Ley 18/2003, de 4 de julio, de apoyo a las familias.-4. La guarda como factor determinante de atribución de la responsabilidad: los otros sujetos imputables: 4.1 Los padres. 4.2 Los tutores. 4.3 Los acogedores. 4.4 Los guardadores legales. 4.5 Los guardadores de hecho. 4.6 Los supuestos de delegación de las funciones paternas.-5 El contenido y extensión de la responsabilidad civil derivada de delito: 5.1 La responsabilidad del menor con anterioridad a la sentencia penal. 5.2 La responsabilidad del menor con posterioridad a la sentencia penal: 5.2.1 La restitución y la reparación del daño. 5.2.2 La indemnización de perjuicios materiales y morales. 5.3 Imposibilidad de llevar a cabo la reparación del daño causado. 5.4 La capacidad del menor para celebrar el acuerdo de reparación. 5.5 Las medidas de reparación en el ordenamiento catalán.


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1. El tránsito de una responsabilidad civil subsidiaria y subjetiva hacia una responsabilidad solidaria y objetiva.-2. La modificación del límite mínimo de edad penal: el menor infractor.-3. La actuación legislativa de la Comunidad Autónoma de Cataluña en el marco de la responsabilidad del menor: 3.1 La Ley 27/2001, de 31 de diciembre, de justicia juvenil. 3.2 La Ley 8/2002, de 27 de mayo, de modificación de la Ley 37/1991, de 30 de diciembre, sobre medidas de protección de los menores desamparados y de la adopción, y de regulación de la atención especial a los adolescentes con conductas de alto riesgo social. 3.3 La Ley 18/2003, de 4 de julio, de apoyo a las familias.-4. La guarda como factor determinante de atribución de la responsabilidad: los otros sujetos imputables: 4.1 Los padres. 4.2 Los tutores. 4.3 Los acogedores. 4.4 Los guardadores legales. 4.5 Los guardadores de hecho. 4.6 Los supuestos de delegación de las funciones paternas.-5 El contenido y extensión de la responsabilidad civil derivada de delito: 5.1 La responsabilidad del menor con anterioridad a la sentencia penal. 5.2 La responsabilidad del menor con posterioridad a la sentencia penal: 5.2.1 La restitución y la reparación del daño. 5.2.2 La indemnización de perjuicios materiales y morales. 5.3 Imposibilidad de llevar a cabo la reparación del daño causado. 5.4 La capacidad del menor para celebrar el acuerdo de reparación. 5.5 Las medidas de reparación en el ordenamiento catalán.


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